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  • Militares fallecidos en Córdoba: tras el verano llegará el turno de acusaciones y defensas

    » Diario Cordoba

    Fecha: 04/08/2024 04:16

    «Negligencia y temeridad», falta de supervisión por parte de mandos superiores y la idea de que la actuación voluntaria de terceros, que ni siquiera tenían que estar allí, fue «determinante para evitar mayor número de bajas» son algunas claves destacadas en el último auto del Juzgado Togado Militar central 2, que procesa a un capitán, un teniente, un sargento, un comandante, un teniente coronel y un coronel por las muertes del cabo Miguel Ángel Jiménez y el soldado Carlos León, ocurridas el pasado diciembre en la base de la Brigada Guzmán El Bueno X, en Cerro Muriano. Para tomar esta decisión, el juez se basa en las pruebas practicadas y los hechos acreditados con carácter provisional. A partir de su comunicación, acusaciones y defensas tienen un plazo de cinco días (que vencería el próximo 6 de septiembre) para recurrir en apelación el auto si lo creen necesario. En concreto, las personas procesadas son el capitán responsable del ejercicio donde fallecieron los dos militares; un teniente y el sargento que instaló la cuerda que debía servir como guía a los soldados en formación para el cruce del pantano Casa Mata. Acerca del procesamiento de estos dos últimos militares, el auto alude a los testimonios de testigos que previnieron sobre el peligro de la actividad y subraya que «la obediencia debida en el ámbito militar ha de circunscribirse a las órdenes legítimas». Junto a ellos, han sido encartados el teniente coronel jefe de la plana mayor del regimiento de Infantería La Reina 2 durante la aprobación y el desarrollo del plan básico de instrucción; el comandante que asumió la jefatura de la plana mayor del regimiento al cesar este teniente coronel y el coronel jefe del regimiento cuando se desarrolló el ejercicio. Las partes pueden recurrir el último auto judicial hasta los primeros días de septiembre En los cinco primeros casos, son procesados como presuntos autores de dos delitos consumados contra los deberes del servicio, por las dos muertes, y otros dos en grado de tentativa por las lesiones sufridas por dos soldados en esa misma actividad. A la luz de las pruebas practicadas, el juzgado considera que el ejercicio planificado por el capitán, que consistía en el cruce del pantano por su zona central y sin hacer pie en más de 80 metros sin contar con más medios de auxilio que una cuerda dinámica y con una temperatura inferior a los ocho grados centígrados, «es absolutamente negligente y de grave temeridad». Una conclusión que también se alcanza, según afirma el auto, con las periciales realizadas sobre diferentes cuestiones como los efectos de la hipotermia y la complejidad de la actividad acuática propuesta a los soldados. En este sentido, el juzgado entiende que «faltó el más elemental deber de cuidado que se puede exigir a quien se encuentra al mando y organización de un ejercicio de instrucción». En su auto, hace hincapié en la inexistencia de medidas de seguridad y advierte que no hubo consecuencias más graves por la «conducta mitigadora de terceros». En concreto, hace referencia a la actuación «determinante para evitar mayor número de bajas» de tres militares que permanecieron voluntariamente en el lugar e incluso de otro militar que pasaba por allí de forma casual. Los seis encartados se encuentran en libertad provisional Además de los procesamientos referidos, el juzgado entiende que el coronel podría haber incurrido en un presunto delito de incumplimiento de los deberes inherentes al mando. Entre otras cuestiones, explica que no se puede considerar que una prueba de cruce de paso de río en un pantano con esas temperaturas (unas condiciones «que hacen de esa práctica un peligroso desafío incluso para nadadores expertos», precisa) sea una actividad adecuada a un programa de instrucción básico. Los seis encartados se encuentran en libertad provisional y deben comparecer en sede judicial en los primeros días de cada mes hasta la celebración del juicio. Por otro lado, el Togado Militar central 2 mantiene como investigados al coronel jefe de La Reina 2 cuando se programó la actividad y al sargento inicialmente investigado, y recuerda que todavía no han concluido las actuaciones para el esclarecimiento de los hechos. Respecto a este coronel, indica que aprobó lo programado por el capitán «sin tener motivos para sospechar que la práctica iba a diferir de las otras realizadas bajo su mandato, la última de ellas dirigida por el mismo capitán (...) en todas se hacía pie», destaca. En cuanto al sargento, apunta que desconocía los detalles del ejercicio y que durante su desarrollo socorrió a un soldado «en riesgo inminente de ahogamiento», mientras que también pidió ayuda para el cabo cuando observó que estaba en peligro. Estiman que, si hay recursos y se solicitan más pruebas, el juicio se celebraría en 2025 Fuentes próximas al procedimiento señalan que estos individuos también podrían llegar a ser acusados en caso de que alguna de las partes personadas en la causa observe indicios de criminalidad en su actuación. Las mismas indican, asimismo, que los dos soldados que resultaron heridos en esta actividad todavía podrían personarse en la causa y ejercer acusaciones particulares para reclamar responsabilidades por el daño sufrido. Cuando finalice el periodo para la presentación de recursos, se iniciarán los diferentes plazos para que el fiscal, las acusaciones particulares y las defensas, en ese orden, remitan sus escritos al juzgado. Las distintas partes pueden solicitar, además, la práctica de otras pruebas para el esclarecimiento de lo ocurrido, lo que podría retrasar la celebración del juicio al año 2025. En estos momentos, no ha trascendido públicamente la presentación de recursos, aunque el abogado Luis Romero, que representa la acusación ejercida por la familia del soldado Carlos León, ha manifestado a este periódico que no descarta hacerlo. Por su parte, Antonio Granados, el letrado que representa a la viuda del cabo Miguel Ángel Jiménez, ha precisado que esta acusación particular no apelará el último auto judicial, al considerar que se trata de un documento «extraordinario» y que cuentan con «suficiente fundamentación jurídica e indicios racionales para hacer responsables a los procesados». Esta acusación afirma, asimismo, que «recurrir el auto sería retrasar el procedimiento, lo que no beneficiaría a la causa». Suscríbete para seguir leyendo

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