Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Condenan con prisión efectiva y tobillera electrónica a farmaceúticos

    » Noticiasnet

    Fecha: 05/07/2024 02:14

    ESTAFAS AL IPROSS | 04/07/2024 El Tribunal de Juicio impuso penas de prisión efectiva a las cuatro personas condenadas por defraudar al Instituto Provincial del Seguro de Salud (IProSS) mediante la simulación de venta de medicamentos. Los fraudes se repitieron de manera sistemática entre diciembre de 2013 y abril de 2019. Esta noche, al finalizar la audiencia de lectura en General Roca, la fiscalía solicitó que se imponga la prisión preventiva a todos los imputados por considerar agravado el riesgo de fuga luego de conocidas las penas. Tras escuchar las exposiciones de todas las partes, el Tribunal coincidió con la necesidad de agravar las actuales medidas cautelares que pesan sobre los imputados pero explicó que, por no encontrarse firme la sentencia, se debe dictar una medida menos grave. De esta manera, ordenó que se coloque inmediatamente a las cuatro personas una tobillera electrónica para que no puedan salir de la ciudad valletana hasta tanto el fallo contra los farmacéuticos sea confirmado por un tribunal superior. Las penas Por unanimidad, la jueza Laura Pérez y los jueces Oscar Gatti y Luciano Garrido impusieron la pena de nueve años y seis meses de prisión a Sandra Fasano, quien fue declarada culpable de 574 estafas. La mujer era auditora del Colegio de Farmacéuticos de Río Negro al momento de los hechos. Su pena fue la más alta porque fue coautora de todas las defraudaciones con cada uno de los demás imputados. Anoche se dispuso una custodia policial en su casa, en Allen, que permanecerá allí hasta tanto el organismo competente le coloque a la mujer el dispositivo de seguimiento que impedirá su salida del ejido de la mencionada ciudad. El farmacéutico Claudio Caffaratti fue condenado a ocho años y seis meses de prisión, como coautor de 249 estafas. Para Rodolfo Eduardo Mastandrea, farmacéutico coautor de 122 estafas, la pena fue de ocho años de prisión. Finalmente el farmacéutico Raúl Eduardo Mascaró fue condenado a seis años y seis meses de prisión, como autor de 107 estafas. A los tres se les colocó esta misma noche, dentro del edificio de Tribunales, la tobillera electrónica para impedir su salida del ejido de Roca. Paralelamente, las cuatro personas recibieron otro castigo de la justicia rionegrina ya que fueron inhabilitadas por seis años para ejercer su profesión de farmacéuticos y fueron condenadas al pago de una importante multa. El delito En marzo pasado las cuatro personas habían sido declaradas penalmente responsables del delito de “estafas reiteradas agravadas por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública”. Por los mismos delitos pero ante otro Tribunal, en 2022 habían sido condenadas dos farmacéuticas de Roca, en el marco de un juicio abreviado en el que ambas aceptaron su culpabilidad y una pena de tres años de prisión condicional. Con distintas modalidades, todas las estafas consistieron en simular ventas de medicamentos a afiliados de Ipross. Eran remedios para enfermedades como epilepsia y diabetes, que tenían cobertura al 100% de la obra social. En los sistemas informáticos que compartían las farmacias de los imputados y el Colegio de Farmacéuticos se cargaron, validaron y facturaron al Ipross medicamentos que los afiliados nunca compraron. Principales fundamentos El Tribunal detalló los fundamentos, atenuantes y agravantes que consideró para definir cada una de las penas. Como agravantes generales, aplicables a los cuatro imputados, se valoró la “intensidad” y la “persistencia en el delito, durante seis años” en los que sostuvieron una “deliberada intención y voluntad de mantenerse en la reiteración de conductas delictivas”. Esa intensidad comisiva “aporta un plus al momento de agravar la pena” porque no se trató de “un hecho solitario y aislado”. Otra agravante fue la extensión del daño causado, derivado de la cantidad de medicamentos que durante esos años Ipross pagó a los farmacéuticos sin que hayan sido realmente entregados a ningún afiliado. El Tribunal recordó que existe un reclamo económico específico de la provincia contra los imputados en el fuero Contencioso Administrativo de Viedma y que el perjuicio al IProSS, en el ámbito penal que es competencia de los jueces de Roca, se mide como un daño de “difícil y tardía reparación, con generación de daños no sólo para el Ipross sino con trascendencia a todos los afiliados, pues fueron montos que no estuvieron disponibles en la obra social para cumplir en tiempo y forma con prestaciones que sí tenían un origen justificado y legal”. La tercera agravante general fue “la calidad de damnificado”, una obra social estatal de organización solidaria, siendo que los imputados eran “auxiliares del sistema de salud”. Se destacó que participaron del diseño del convenio con Ipross que, finalmente, les permitió cometer las estafas y que aprovecharon “su conocimiento del sistema informático y documental, de los sistemas de control, de las fortalezas y debilidades de Ipross”. Fue “una maniobra selectiva, seleccionando deliberadamente a la víctima”, indicaron. La “variedad y complejidad de los mecanismos delictivos” desplegados, el aprovechamiento de la confianza del propio Colegio de Farmacéuticos, de Ipross, los proveedores y los propios afiliados fue otra de las agravantes computadas, seguida por los “motivos” que los llevaron a delinquir: “exclusivamente el lucro desmedida y el beneficio económico”. También se contempló contra los cuatro su alto nivel intelectual y educativo y su edad, que les da “madurez y experiencia para evaluar y sopesar la conducta que desarrollaban”. Y finalmente, el aprovechamiento de las enfermedades de sus propios clientes, de quienes utilizaron información para delinquir, “demostrando personalidades indolentes al momento de lucrar”. Luego el fallo mencionó agravantes y atenuantes de cada uno, para finalmente fundar las penas de manera individual.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por