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  • La pericia indicó que Orrico conducía con 1,2 gramos de alcohol en sangre por lo que no tendría cobertura del seguro

    Parana » APF

    Fecha: 04/07/2024 18:30

    La pericia indicó que Orrico conducía con 1,2 gramos de alcohol en sangre por lo que no tendría cobertura del seguro Paraná, 04 Jul (APFDigital) – El abogado Mario Arcusín, representante de las familias de los jóvenes muertos en el accidente que protagonizó Juan Ruiz Orrico, informó que la pericia de alcoholemia arrojó que el ex funcionario tenía 1,2 gramos de alcohol en sangre • Este nivel está por encima de aceptado por las pólizas de Iapser Seguros, por lo que la responsabilidad civil recaerá sobre Orrico y el Estado provincial, dueño del vehículo en el que se trasladaba Juan Ruiz Orrico, exdirector del Instituto Portuario de Entre Ríos y miembro del PRO en Concepción del Uruguay, conducía con 1,2 gramos de alcohol en sangre la madrugada del 20 de junio por la Ruta 39, cerca de Caseros, cuando chocó de frente contra un vehículo en el que viajaban cuatro trabajadores, quienes murieron en el acto. El dato lo confirmó una pericia de laboratorio, según confirmó el abogado querellante Mario Arcusín al programa Puro Cuento (Radio Plaza) y adelantó que pedirá se le aplique al ex funcionario el delito de homicidio con dolo eventual, cuya pena en expectativa va de 8 a 25 años de prisión efectiva. El querellante dijo también que el velocímetro del vehículo en el que circulaba Orrico se detuvo en 160 kilómetros y que se envió la computadora del auto oficial a la empresa Volkswagen para que determine de manera fehaciente a qué velocidad iba en el momento del choque fatal. "Con esos datos tendremos dos opciones: la Fiscalía plantea aplicar el artículo 84, que la pena máxima es de seis años de prisión efectiva. Yo apunto a la aplicación del artículo 80, que es el que se aplicó en Paraná con el caso de Silvio Díaz. Allí se aplicó el homicidio con dolo eventual y una pena de 8 a 25 años de prisión. Le dieron ocho años y medio", sostuvo el letrado. Pero además de la causa penal, también entra a tallar la civil. Una póliza estándar de Iapser Seguros, la empresa estatal que asegura a la flota de vehículos oficiales, establece entre las causales de exclusión de la cobertura de responsabilidad civil: “Cuando el vehículo asegurado sea conducido por una persona en estado de ebriedad. Se entiende que una persona se encuentra en estado de ebriedad si se niega a practicarse el examen de alcoholemia (u otro que corresponda) o cuando habiéndose practicado éste, arroje un resultado igual o superior a un gramo de alcohol por mil gramos de sangre al momento del accidente”. El nivel de la pericia es superior. Por tanto, Iapser Seguros no debería hacerse cargo del siniestro. Y la responsabilidad civil por daños tendría que recaer en Orrico, como conductor del vehículo, y en el Estado, como dueño del VW Passat en el que se trasladaba el ex funcionario. (APFDigital) Fecha Publicación: 04/07/2024 18:22

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