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  • "Nunca estuvo en duda la autoría de Nahir Galarza" dijo el abogado querellante Virué

    Gualeguaychu » Reporte2820

    Fecha: 03/07/2024 04:09

    Hace 6 años atrás, en otra mañana fría y gris en Gualeguaychú, los padres y hermanos de Fernando Pastorizzo se abrieron camino del brazo de Rubén Virué -uno de sus abogados- hacia la puerta de la sala de audiencias de los Tribunales. Lo rodeábamos cerca de treinta periodistas, fotógrafos y camarógrafos que preguntábamos con qué sensaciones llegaban al momento de la sentencia a Nahir Galarza.Como aquel 3 de julio de 2018, hoy -otra vez- Nahir es la tapa de los portales de noticias, es titular en los informativos de las radios y una de las imágenes del día en los canales de noticias. Esta vez, porque se le terminaron los recursos judiciales en Argentina y su condena a prisión perpetua adquirió firmeza.Rubén Virué, abogado querellante por parte de Silvia Mantegazza en el juicio por el homicidio de su hijo Fernando Pastorizzo, ni siquiera deja un centímetro de duda sobre la contundente condena de la Justicia: "Nunca tuvimos dudas sobre la autoría del hecho de su parte, tampoco estuvo en duda su voluntad y planificación del crimen", dice aEn la esfera técnica, el fallo de la Corte Suprema de Justicia "está diciendo que no se violentaron las garantías de acceder a un proceso legal y se le dio resguardo a su derecho de defensa. Es decir, todo el juicio fue regular y la investigación fue ajustada a derecho"."La Corte Suprema de Justicia ni siquiera ingresa a darle tratamiento al recurso de Nahir Galarza porque entiende que es insuficiente lo planteado para darle curso. En una Resolución muy escueta invoca el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que es precisamente el que habilita a la Corte para ese rechazo".Virué recordó el largo recorrido ante la Corte ya que la "queja ingresó en octubre de 2020, ahora se dispuso el rechazo tanto del Recurso Extraordinario como la Queja posterior por inadmisible; eso significa que en la órbita nacional queda absolutamente agotada toda instancia judicial tendiente a revisar la condena que en julio de 2018 que dictó el Tribunal de Juicios de Gualeguaychú".Respecto de un intento de llevar el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el querellante explica que es realmente difícil de llegar a esa instancia, aunque no imposible. "En determinadas y muy excepcionales circunstancias se puede dar. Previamente hay que pasar por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y luego de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Reitero es absolutamente excepcional, aunque puede ocurrir una intervención posterior de este tribunal".Virué insistió "para nosotros es un tema absolutamente agotado, la sentencia de prisión perpetua ha pasado a la autoridad de cosas juzgadas, es una sentencia firme técnicamente".Teniendo en cuenta que Nahir Galarza quedó detenida el mismo 29 de diciembre de 2017, lleva presa unos 7 años y medios y es correcto el cálculo de que podrá recuperar su libertad cuando cumpla 54 años, a la luz de la Legislación vigente en este momento.El abogado querellante subrayó que "el pronunciamiento de la Corte no advirtió en ningún caso una violación del debido proceso, no se han violentado las garantías resguardadas constitucionalmente, se resguardó el derecho de defensa en juicio y no hubo violaciones que ameriten la intervención de la Corte. Nosotros jamás tuvimos dudas sobre la regularidad de todo el proceso judicial".Ante, Rubén Virué argumentó que "la autoría del hecho por ella nunca estuvo en discusión y tampoco su voluntariedad. Era muy claro que había sido un homicidio doloso con cierto grado de premeditación y de planificación previa". Y consultado sobre el motivo del crimen recuerda que "en el juicio quedó determinado una suerte de motivación que tenía que ver con la comunicación por vía WhatsApp del día 28 de diciembre de 2017, cuando Fernando le dice: "ni por un millón de dólares volvería con vos". Entonces, nuestra hipótesis estaba centrada en esa ruptura definitiva del vínculo".Finalmente, sobre el hilo argumental de la película "Nahir" y la serie documental de dos capítulos, el querellante resaltó que la teoría de que Nahir no era la ejecutora de los disparos que mataron a Fernando, fue instalada con posterioridad al juicio desde el plano mediático: "eso nunca sobrevoló o se debatió dentro de las audiencias del juicio. Es una cuestión, en mi concepto, exclusivamente mediática, que a alguien se le ocurrió para establecer algún margen de duda"."En la circunstancia en que murió Fernando no existía la más mínima posibilidad de que haya sido un tercero. Es un tema inexistente desde el punto de vista jurídico y, si prestás atención a lo que ella relata en el documental, habla de un tercero, tampoco dice que es el padre. O sea, la veracidad es no escasa, es nula directamente".

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