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  • (Caso entrerriano) Nahir Galarza: la Corte Suprema le confirmó la condena a cadena perpetua por asesinar a su novio

    Parana » Informe Digital

    Fecha: 03/07/2024 01:23

    Nahir Galarza recién podría recuperar su libertad cuando tenga 54 años en 2052, Deberá cumplir la condena a prisión perpetua por el crimen de su novio, Fernando Pastorizzo. Así lo resolvió este la Corte Suprema de Justicia de la Nación, este martes al rechazar el recurso extraordinario que intentaba su defensa para insistir en su inocencia. Para la Justicia el 29 de diciembre de 2017, Nahir con 19 años asesinó a Fernando de dos disparos utilizando el arma reglamentaria de su padre Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos. Así la Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena al dictaminar que es correcta la sentencia a prisión perpetua contra la joven por el delito de homicidio calificado por el vínculo. La resolución fue firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, según el fallo al que tuvo acceso Cronica.com.ar. En la causa se acreditó que Galarza y Pastorizzo circulaban en un ciclomotor conducido por el joven, cuando Galarza extrajo de entre sus prendas un arma de fuego tipo pistola calibre 9mm y disparó contra Pastorizzo por la espalda. La víctima cayó al piso y, en esa posición, y ya de frente, efectuó un segundo disparo “con claras intenciones de menoscabar la vida de Pastorizzo porque dichas balas tuvieron orificio de entrada y de salida produciendo una lesión bronco-pulmonar derecha, produciéndole el deceso momentos después” El proceso judicial El 24 de julio de 2018 el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú e Islas de Ibicuy condenó a Galarza como autora del delito de homicidio calificado por ser una persona con la cual mantenía o ha mantenido una relación de pareja. El tribunal descartó la hipótesis de la defensa que proponía un homicidio culposo y la existencia de una situación de violencia de género entre Pastorizzo y Galarza que justificara una culpabilidad disminuida. Asimismo, entendió aplicable el agravante de “relación de pareja” y, finalmente, no consideró acreditada la afectación al derecho de defensa en juicio de Galarza que implique un accionar procesal discriminatorio a su posición o una mengua a sus derechos. El 3 de julio de 2019, la Cámara de Casación de Concordia, provincia de Entre Ríos, confirmó la condena. La defensa apeló esa decisión y el 4 de marzo de 2020 la Sala 1° en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos no hizo lugar al planteo.

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