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  • Nueva normativa para la Radio Pública de Concordia

    Concordia » Lt15 Concordia

    Fecha: 02/07/2024 16:55

    Mediante una votación por mayoría se aprobó la nueva regulación de la Radio Pública de Concordia. En la sesión extraordinaria de este martes, la presidenta del Concejo Deliberante, Magdalena Reta de Urquiza indicó: “Sobre la ordenanza ‘Comisión de Administración de la Radio Pública’ es una norma muy superadora a la vigente, ya que con la ordenanza vigente no se puede poner en práctica, crea organismos que nunca funcionaron. No se trata de ninguna privatización, ni despido de nadie, viene a poner orden y generar una normativa acorde a un buen funcionamiento de un medio radial”. La ordenanza establece la creación de la C.A.R.P. (Comisión de Administración de la Radio Pública de Concordia), que reemplazará al Ente de Gestión creado por Ordenanza N° 35.454, y funcionará como organismo de la Administración Pública Municipal, con independencia en su gestión operativa. La CARP tendrá a su cargo la administración de la Radio Pública de Concordia, entre otras funciones y de los medios periodísticos que se agreguen en el futuro. La CARP será dirigida por un Consejo Directivo, que estará integrado por los siguientes miembros: PRESIDENTE que a su vez será DIRECTOR designado por el Departamento Ejecutivo Municipal en la forma establecida en el art. 8 (será cubierto por concurso de oposición y antecedentes abierto), que será un representante del Departamento Ejecutivo Municipal y designado por éste. SECRETARIO, que será un representante del Departamento Ejecutivo Municipal y designado por éste. TESORERO, que será representante del DEM y designado por éste. VOCALES, que serán un representante por cada bloque político existente en el Concejo Deliberante, y designados por éste. REVISOR DE CUENTAS, que será un representante del Concejo Deliberante, designado por éste. El mandato del Consejo Directivo tendrá duración de dos años y podrá ser reelegido y ejercerán sus funciones ad honorem, a excepción del Presidente.

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