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  • Enriquecimiento Urribarri: vuelven a confirmar embargos – Entre Ríos Ahora

    Concordia » Entre Rios Ahora

    Fecha: 02/07/2024 15:14

    El vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, Gervasio Pablo Labriola, rechazó las apelaciones presentadas por los defensores del exgobernador Sergio Daniel Urribarri, y del empresario Diego Armando Cardona Herreros, titular de la firma Relevamientos Catastrales SA, sindicado como «testaferro» del extitular del Ejecutivo entrerriano en una causa por enriquecimiento ilícito, en un «incidente» que tramita en la Justicia desde noviembre de 2023 en torno a un pedido del Ministerio Público Fiscal y que derivó en el embargo y la inhibición de bienes para ambos. Labriola confirmó sendas resoluciones dictadas en diciembre de 2023 por el juez de Garantías Elvio Osir Garzón, que hizo lugar al pedido fiscal de embargo e inhibición de bienes, y coincidió en que «la hipótesis acusatoria que recepta luce de momento verosímil, siendo en consecuencia razonable el juicio de factibilidad por aquél realizado respecto de la plataforma fáctica e intervención penalmente responsable de los imputados, que habilita el dictado de medidas cautelares al verificarse sus presupuestos de procedencia, pues es altamente probable en base a la evidencia colectada hasta esta instancia por el Ministerio Público Fiscal, prever que se arribe a una sentencia de condena de los imputados, lo que exige se adopten medidas cautelares a fin de evitar que la eventual sentencia condenatoria, no sea burlada». Urribarri tiene una condena, en el marco del megajuicio, a 8 años de cárcel dictada en 2022; y dos procesos abiertos, con pedidos de condenas por parte de Fiscalía: una investigación por supuesto enriquecimiento, con pedido de condena de 5 años y 6 meses, en la que está coimputado el empresario Cardona Herreros; y otra por supuesto pago de coimas, con pedido de condena de 10 años de cárcel, que involucra a exfuncionarios del Gobierno provincial y también a Cardona Herreros. Esas dos últimas investigaciones tienen pedido de remisión a juicio oral pero están trabadas por cuanto en medio hubo presentaciones de los defensores que de momento no han sido resueltas. El 25 de octubre de 2023, los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano le requirieron al juez de Garantías Julián Vergara medidas cautelares -embargos e inhibición de bienes- a los por entonces tres imputados en una causa por enriquecimiento ilícito que se tramita con el exgobernador Sergio Urribarri, por quien es considerado su testaferro, el empresario Diego Cardona Herreros, dueño de la empresa Relevamientos Catastrales, y contra un jubilado, Rubén Martínez, también sospechado de haber encubierto maniobras de enriquecimiento, aunque finalmente logró zafar mediante probation, en mayo pasado. El juez Vergara accedió parcialmente al pedido lo que generó una apelación de Fiscalía y entonces intervino el juez de juicio Gervasio Labriola, que anuló la resolución judicial y ordenó evacuar la petición de los integrantes del Ministerio Público Fiscal. El magistrado, entonces, se inhibición de intervenir en ese pedido y el caso derivó a manos del juez de Garantías Elvio Osir Garzón, que dictó dos resoluciones, el 18 y el 19 de diciembre de 2023. Garzón dispuso medidas cautelares en relación a Urribarri por $11.546.771,92; U$S 7.245.441,02 y 16.300) euros, más las sumas de $ 3.460.000, u$s 700.200 y 1.630 euros; ). Respecto de Cardona Herreros, $8.673.275,42; U$S 7.155.783,71; y 14.100 euros; más las sumas de $2.600.000; U$S 700.000; y 1.400 euros. En tanto que a Rubén Martínez, $117.000; U$S 7,000.00; mas $ 35.000 y U$S 700. Esas dos resoluciones de Garzón fueron inaccesibles para los defensores durante un buen tiempo y generó un entredicho en tribunales cuando, durante la feria de enero, la jueza Paola Firpo pidió que se liberara el secreto. Como fuere, los defensores de Cardona Herreros, Ignacio Díaz y José Velázquez, recién pudieron acceder a su contenido en abril último y entonces iniciaron una serie de planteos contra los embargos y las inhibiciones. Este lunes habrá una audiencia de apelación en los Tribunales por ese «incidente» en la causa principal por enriquecimiento que se tramita contra Urribarri. En su escrito, los defensores relatan que, “enterados de las medidas dispuesta ya que incluso se produce el allanamiento y secuestro de material en el domicilio de mi defendido, empezamos un largo peregrinar procesal a los efectos de que se nos notificara de las resoluciones pertinentes para así poder el derecho de defensa correspondiente”. Señalan que las medidas cautelares que autorizó el juez Garzón “no se basaron en el único informe contable realizado parcialmente por los Contadores Stephanic Pouey y el de nuestra parte Cristian Dume, informe en donde se dejó perfectamente aclarado que, habiendo sido dispuesta en relación a Urribarri y su núcleo familiar, todos ellos imputados también en la causa, dicha análisis resultaba incompleto ya que faltaba el conocimiento de los aportes dinerarios de uno de los hijos de Urribarri, Bruno Urribarri, en atención de que el mismo era jugador de fútbol y faltaban considerar los ingresos del mismo obtenidos de su contratación en el Estado de Grecia por el club en donde trabajo durante 4 años. Por dicho motivo tal informe es incompleto ya que falta tales datos a los peritos intervinientes para establecer en definitiva la existencia o no del enriquecimiento acusado”. Y suma: “Posteriormente se los desincrimina a tales parientes directos de Urribarri y se mandan a producir los informes contables, copias de los archivos informáticos y demás elementos considerados en las resoluciones aducidas”. Más adelante, apunta el escrito: “Es decir: atento a que el informe contable es incompleto -a criterio de los peritos intervinientes- por lo que debía ser completado una vez recibidos los datos sobre los ingresos de Bruno Urribarri, el Ministerio Público mandó realizar los informes de parte para así poder darle fuerza a la acusación no sin antes desentender de la causa al referenciado hasta ese momento imputado (Bruno Urribarri) y a los demás parientes, y así tratar de justificar la imputación contra solo los tres acusados, en definitiva, en esta causa”. “Pero es del caso que tomaron los datos que les proporcionaba aquel informe declarado incompleto por los mismos peritos de la cual individualizaron solo los datos que apoyaban la acusación a los que agregaron los nuevos informes de personal del Ministerio Fiscal coadyuvantes al fin persecutorio perseguido contra los tres imputados -agrega-. De allí es que transforman y deforman las consideraciones del análisis transformándolo en una medida acusatoria fundante, cuando en realidad dicho estudio estaría sujeto a completarse con los datos faltantes en la consideraciones de los peritos actuantes”. De ese modo, “sin la menor intervención de los defensores, acudieron a tan desleal ardid para justificar la verosimilitud del derecho tergiversando absolutamente el resultado del examen con la introducción de los informes aducidos convenciendo así al juzgador de la verosimilitud de un derecho que realmente no existía y aun en una conducta rayana con el fraude procesal habida cuenta de la desfiguración de una informe indivisible (haciéndolo divisible) con la mecha de los informes parciales y parcializados de su personal, y con prueba de marcada ilegalidad”. En ese marco, sostiene que “las medidas cautelares fueron superiormente desproporcionadas respecto a nuestro pupilo (Cardona Herreros), ya que como partícipe primario su gravamen sobre su patrimonio fue superior al mismo autor del hecho. Pero además porque las medidas decretadas causan un tremendo perjuicio a la actividad empresarial de Cardona Herreros que va mucho más allá del aseguramiento patrimonial que se pretende”. Y agregan un dato: en la tramitación de la apelación piden que sea apartado el juez Labriola, quien ya tomó parte en el incidente. Uno zafó En el marco de la investigación por enriquecimiento a Urribarri en mayo último el juez de Garantías Julián Vergara refrendó un acuerdo de suspensión de juicio a prueba -probation-, por un plazo de 3 años, que beneficia a Rubén Ángel Martínez, imputado en calidad de partícipe en la investigación penal que pesa sobre el exgobernador Sergio Urribarri por enriquecimiento ilícito. Al Urribarri le reprochan que no pudo justificar el aumento patrimonial de 7 millones de dólares, maniobras de las que habría participado el empresario Diego Armando Cardona Herreros, titular de Relevamiento Catastrales SA, que fue contratista del Estado entrerriano durante el urribarrismo, y también Martínez, aunque en un rol menor. Martínez, un jubilado de 72 años a quien el Ministerio Público Fiscal le reprocha que en 2011 adquirió un vehículo a su nombre y que luego tramitó una tarjeta azul para que pueda disponer de él uno de los hijos del exgobernador, Mauro Urribarri, y la esposa del extitular del Ejecutivo, Ana Lía Aguilera. Además, le reprochan que “colaboró” con el enriquecimiento al posibilitar el ingreso al país de obras de arte traídas de Europa con destino a los Urribarri. El acuerdo de juicio abreviado fue presentado ante el juez Vergara por el defensor de Martínez, Tomás Vírgala, con anuencia de los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano. “Soy muy buen vendedor. Empecé a trabajar para empresas americanas que vendían cable coaxil. Hasta 2001, que vinieron los radicales y pasó lo que pasó”, dijo Martínez. “Nunca me pasó algo así -aseguró, en relación a estar involucrado en una causa judicial-. A esta edad”. A Martínez la Fiscalía le había pedido 3 años de prisión de ejecución condicional. Y le habían solicitado que se lo condene además al pago de una multa de $117 mil y 7.000 dólares. Pero la defensa de Martínez propuso pagar la mitad de ese monto en epsos, $58.500, la mitad de la multa en dólares, 3.500 dólares. Los $58.500 los abonará en una sola cuota, por transferencia bancaria; y la cifra en dólares, 20 cuotas, en pesos, al valor oficial. Aunque con actualización según el Índice de Precios al Consumidor. En cuanto a la reparación del daño producido al Estado, Martínez aumió el pago de 36 cuotas de $10 mil que propuso donar al Hospital San Roque, monto también que se actualizará según el Índice de Precios al Consumidor. En reemplazo de las 96 horas de trabajo en beneficio de una institución de bien público, que no podrá hacer por razones de salud -es hipertenso, tiene 72 años- pagará una reparación económica: 12 cuotas de $30 mil a una institución que designará la Oficina de Medios Alternativos (OMA) del Poder Judicial. El defensor de Martínez pidió además que se levanten los embargos sobre sus cuentas bancarias, medida que dispuso en el marco de la causa por enriquecimiento de Urribarri el juez de Garantías Elvio Garzón. En ese punto, la petición se tramitará por separado. De la Redacción de Entre Ríos Ahora

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