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  • Pita: “Declarar la nulidad del jury, lleva a la restitución en el cargo de Goyeneche”

    Parana » Analisis

    Fecha: 01/07/2024 10:45

    Pita: “Declarar la nulidad del jury, lleva a la restitución en el cargo de Goyeneche” El abogado Enrique Pita se refirió al pronunciamiento del Procurador de la Corte Suprema, Eduardo Casal, sobre el fallo que destituyó a la ex fiscal Anticorrupción de Entre Ríos, Cecilia Goyeneche, y habló de las expectativas ante una resolución del máximo tribunal. En declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio Plaza), Pita sostuvo que “el dictamen del Procurador no es vinculante para la Corte y en algunos casos se ha apartado, pero en este caso, dado que se trata de un tema institucional y no de un tema patrimonial o de otra naturaleza, todo nos hace pensar que la Corte va a seguir la misma línea; máxime porque la Corte ya se pronunció sobre el tema Cecilia Goyeneche en su momento, en pleno jury, también con intervención de Casal y en forma casi inmediata la Corte dictó un primer pronunciamiento a favor de Cecilia y en esta misma line de sostener la irregularidad del trámite derivada de haber omitido la intervención del Ministerio Público Fiscal y haber inventado este recurso a un fiscal ad hoc con un régimen totalmente distinto como es el régimen de subrogación del Superior Tribunal de Justicia”. De este modo, consideró que “todo indica que la Corte se va a expedir en el mismo sentido y esperamos que sea con la mayor premura”. Explicó además que “en principio el dictamen lo que sostiene es la improcedencia y cuestiona la decisión del Superior Tribunal de Justicia que, en su momento, rechazó el recurso que Cecilia Goyeneche interpuso contra la decisión destitutoria del jury. Pero al mismo tiempo, en un párrafo muy contundente, Casal señala que esto implica no sólo dejar sin efecto la sentencia del jury que fue la destitución, sino de todo lo actuado desde el inicio del trámite cuando se decide promover el trámite y apartar al Ministerio Público”. De todos modos, aclaró que “volver a foja cero también implica que se haría operativa una norma de la propia ley de jury, el artículo 43, que dice que en ningún caso el juicio podrá durar más de seis meses desde que se decida la formación de la causa y hasta la sentencia definitiva, y acá no se puede alegar que la demora que después de dos años de decidido el jury la Corte termina decidiendo esto, no es un problema exclusivamente de mala praxis del jurado de enjuiciamiento que adoptó esta irregular medida de apartar al Ministerio Público Fiscal. Es decir que no se puede imputar a que Cecilia Goyeneche haya generado maniobras dilatorias sino que el tema es un error inicial grosero del Jurado de Enjuiciamiento de no respetar el procedimiento de la ley”. “Creo que dejar sin efecto y declarar la nulidad de todo lo actuado, irreversiblemente lleva a foja cero y caduca la denuncia y el trámite del jury y obviamente la restitución en el cargo de Cecilia Goyeneche”, sentenció. Respecto de los tiempos de resolución de la Corte Suprema, Pita afirmó que “la Corte tiene sus tiempos y no tiene plazos perentorios pero de todos modos es la misma Corte quien reactivó el trámite de esta causa disponiendo la intervención del Procurador Casal, y si se sigue un poco el antecedente de la anterior intervención de la Corte en el amparo que planteó Cecilia Goyeneche, tenemos expectativas y creo que la Corte asumió que el tema es institucionalmente relevante y lo va a tratar con relativa premura”. Por otra parte, explicó que la acusación fiscal ya no interviene en esta etapa del proceso: “Acá exclusivamente interviene la recurrente que es Cecilia Goyeneche y la opinión de Casal porque incluso el acusador, que falleció, cesó en su intervención a partir de que se dictó la sentencia del jury, es decir que la intervención en esta etapa del recurso la tiene la recurrente y el Procurador General”. En relación con la posible resolución de la Corte, planteó que “habría dos alternativas: la Corte podría resolver ella misma según lo que sugiere Casal y revocar la decisión del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos que rechazó el recurso y declarar la nulidad de todo lo actuado, pero esto es algo excepcional. Lo que suele hacer la Corte es fijar la doctrina, diciendo que esto está mal, que el error radica en tal o cual punto que en este caso es haber omitido la intervención del Ministerio Fiscal- y ordena que baje el expediente nuevamente a fin de que el organismo correspondiente –en este caso el Superior Tribunal de Justicia, obviamente integrado por quien corresponda que deberán ser subrogantes, no pueden ser los mismos- dicte nuevo pronunciamiento acorde la doctrina de la Corte en ese caso. Es decir que la Corte trata de respetar al órgano provincial y que sea el mismo órgano provincial el que subsane el error. Pero también podría ocurrir que lo resuelva directamente, lo que obviamente simplificaría el trámite”. Por último, en cuanto a posibles consecuencias o sanciones para quienes votaron a favor de la destitución, Pita dijo que “se analizará en su momento con la doctor Goyeneche, veremos puntualmente cómo resuelve la Corte porque los magistrados no pueden ser juzgados por el contenido de sus fallos y veremos en qué medida se plantea la gravedad, la contundencia del error y las circunstancias del caso. Es un tema a analizar porque no es de por sí el hecho de que la Corte revoque la decisión no trae aparejada necesariamente una responsabilidad de los que firmaron. Evidentemente acá hay toda una secuencia de hechos, de intervenciones anteriores y de falta de excusaciones, etc. que es una trama muy compleja que en su momento analizaremos”. Deportes Opinión El presidente estadounidense Joe Biden es recibido por sus partidarios a su llegada al Aeropuerto Internacional Raleigh-Durham en Raleigh, Carolina del Norte, EE.UU., después de participar en un debate presidencial en Atlanta, Georgia, EE.UU., el 28 de junio de 2024. (Foto: REUTERS/Elizabeth Frantz)

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