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  • Quiénes vuelven a pagar Ganancias tras la aprobación definitiva del paquete fiscal

    » Impactocorrientes

    Fecha: 29/06/2024 04:20

    Quiénes vuelven a pagar Ganancias tras la aprobación definitiva del paquete fiscal La Cámara de Diputados finalmente aprobó la ley Bases y el paquete fiscal. El capitulo que obliga a volver a gravar los ingresos salariales superiores a los $1.800.000, fue aprobado con 136 votos positivos, 116 negativos y tres abstenciones (Roxana Reyes, Silvana Ginocchio y Mónica Frade). Compartir en Facebook Compartir en Twitter Aprobado el paquete fiscal con los cambios del Senado desechados, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha el mecanismo para la liquidación del Impuesto a las Ganancias y los Bienes Personales, cuyo vencimiento opera en agosto. Se estima que entre 800.000 y un millón de trabajadores hoy exentos de Ganancias, como bancarios, mineros, siderurgicos, camioneros,aceiteros, personal jerárquico, volverían a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%, cuando hasta ahora estaban exceptuados, según la especialista Luz Arroqui. En valores que arrancan en casi $ 3.000 mensuales hasta unos $ 60.000 mensuales para los que hoy están exentos. Y que supera los $ 100.000 mensuales para los que ganan más de $ 2.500.000 brutos. Según la Oficina de Presupuesto del Congreso ( OPC) , lo votado por Diputados incrementa en 0,4303 % del PBI la recaudación de ese impuesto en 2024, de los cuales 0,4221% son coparticipables. Impuesto a las Ganancias: los cambios que se vienen El proyecto ratifica el alivio fiscal que se aplicó entre el 1° de octubre y el 31 de diciembre 2023 (Decreto N° 473/2023), lo que significa que no habrá retenciones retroactivas. Y lo pagado por Ganancias este año hasta la promulgación de la ley no será retenido. Una novedad es que todos los pagos que reciban los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto. La diferencia entre los asalariados con o sin hijos se debe a que se podrá volver a deducir de la base imponible de Ganancias los hijos menores y otras deducciones permitidas con un tope, como lo pagado en prepagas, gastos escolares, etc. Estos nuevos valores se aplicarían a partir de la aprobación del proyecto, no en forma retroactiva. Además, la actualización del mínimo no imponible se haría de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC). En el caso del Impuesto a las Ganancias se elimina el Impuesto Cedular. Este tributo se paga a partir de salarios $2,3 millones. Es lo que había quedado tras la derogación de la cuarta categoría en 2023. Al restituirse Ganancias para la cuarta categoría, el nuevo piso es de salarios brutos $1,8 millones para los solteros sin hijos y de $2,3 millones para los casados con hijos. Si se hacen los descuentos de jubilación y obra social, quedan salarios de bolsillo de $1,494 millones y $1,98 millones. Las deducciones anuales serán entonces: Ganancia no imponible, $3.091 millones; cónyuge $2.9 millones; hijo, $1.468.096; Deducción Especial Relación de Dependencia, $14.8 millones; deducción especial Adicional por Aguinaldo, se añade el proporcional de las anteriores deducciones. Las personas físicas van a tributar desde 5% hasta el 35%. La tasa máxima del 35% se aplicará a partir de una ganancia neta imponible anual de $36.450.000. Las escalas del impuesto y las deducciones se actualizarán por inflación. Todos los trabajadores pagarán Ganancias por todos los conceptos que cobren. Es decir, un bono por productividad que antes no pagaba, ahora se tomará en cuenta, como así también fallos de caja o diferentes suplementos que beneficiaban a algunos gremios. Queda fuera la deducción especial de 22% para trabajadores de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires. El proyecto resuelve el problema de la deuda que queda del año pasado cuando antes de que se derogara Ganancias se ordenó a la AFIP a que no se cobrar el impuesto. El texto convalida lo hecho del año pasado. Se podrán deducir solo hasta $20.000 anuales de las Cuotas de Créditos Hipotecarios. En el Senado se trabajó una iniciativa para que se pudieran descontar hasta 3 millones de intereses, pero al eliminar Ganancias, sigue la versión original que no establece cambios en este aspecto.

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