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  • Entre Ríos, Argentina

  • 3 años de prisión en suspenso para el joven que causó un fatal incendio

    Usuhahia » Diario Prensa

    Fecha: 09/05/2024 01:19

    El fiscal Daniel Curtale había pedido en su alegato una pena de 5 años de prisión efectiva, pero los jueces Maximiliano García Arpón, Alejandro Pagano Zavalía y Rodolfo Bembihy Videla consideraron atenuantes. En la mañana del miércoles último, Esteban Joel Mancilla Díaz, de 23 años de edad, fue hallado responsable del delito de “incendio culposo agravado”, en el que perdieron la vida sus abuelos, José Olivero Coliagüe y Mónica Bernardina Echagüe; y Michael Rubén Díaz, Ayelén Macarena Ozuna y Maximiliano, el bebé de 1 año y medio de edad, hijo de los dos últimos nombrados. El monto de la pena provocó la reacción airada de los familiares de las víctimas, quienes mostraron su descontento con el criterio de los jueces. El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur condenó el miércoles 8 de mayo último, a Esteban Joel Mancilla Díaz, quien estaba acusado de cometer el delito de incendio culposo agravado por haber producido la muerte de cinco personas, a cumplir una pena de 3 años de prisión en suspenso. Los jueces Maximiliano García Arpón, Alejandro Pagano Zavalía y Rodolfo Bembihy Videla, además le impusieron al condenado el cumplimiento de reglas de conductas durante el tiempo que dure la pena impuesta. El hecho por el cual el hombre fue juzgado ocurrió el 5 de enero de 2020, momentos antes de las 7 de la mañana cuando “por imprudencia, negligencia o impericia” causó el incendio de una casilla de madera, propiedad de sus abuelos, ubicada en el kilómetro 6,5 de la ruta “J” que lleva a Puerto Almanza, en donde estos, otros familiares y numerosos amigos de los barrios San Vicente de Paul, La Cantera y La Bolsita, participaron de una gran reunión de despedida. Uno de los jóvenes que perdió la vida – Michael Rubén Díaz – se aprestaba a viajar para cursar sus estudios en el norte del país, por lo que su familia, compañeros de colegio secundario y amigos, le habían organizado una fiesta. Luego de la celebración y cuando todos ya estaban entregados al descanso en la casilla y en una carpa próxima, Mansilla se enfrascó en una agria discusión con su novia, arrojando un recipiente con nafta a la salamandra ubicada en la precaria construcción. Las llamas y el humo envolvieron fatalmente todos los espacios en los que pernoctaban sus abuelos y la pareja de Michael Díaz y Ayelén Ozuna, con su hijito y causaron lesiones desde gravísimas a leves a varios jóvenes, incluido el mismo Esteban. Según la Fiscalía, a cargo del letrado Daniel Curtale, el imputado “habría arrojado en dos oportunidades, por encima de la estructura metálica de la salamandra que se ubicaba en el comedor, una botella plástica transparente, cortada a la mitad, conteniendo en su interior nafta. Esta acción provocó dos explosiones y el posterior incendio de la totalidad de la vivienda. Como consecuencia de su accionar, produjo la muerte por asfixia por lesión respiratoria e intoxicación con los gases producidos durante el incendio a 4 personas adultas, 2 hombres y 2 mujeres, y a un bebé”. Esteban Mansilla tenía 19 años cuando ocurrieron los hechos, lo que sumado al arrepentimiento que dijo sentir, al momento de declarar ante los jueces y al testimonio de personas que dijeron haberlo visto intentar socorrer a sus abuelos, llevó a los jueces a no tener en cuenta la pena propuesta por el fiscal Curtale, de 5 años de prisión efectiva, y de aplicarle 3 años de cárcel pero en suspenso. Conocido el veredicto, los familiares de las víctimas, presentes en la sala de debate, se manifestaron muy disconformes y expresaron a viva voz sentirse defraudadas con la Justicia. Esteban Mansilla, hoy de 23 años de edad, deberá cumplir no obstante pautas de conducta por todo el tiempo de la pena, como por ejemplo firmar a diario un libro de registro en la dependencia más cercana a su domicilio, no estar en la vía pública en horario nocturno, no ser sorprendido bajo los efectos de alcohol o estupefacientes, fijar domicilio, no ausentarse de la provincia sin previa autorización de la autoridad judicial y no verse involucrado en la comisión de ningún tipo de delito, entre otras, bajo advertencia de tornar a efectiva la sanción penal impuesta. Edición: Diario Prensa Noticias de: Ushuaia – Tolhuin – Río grande y toda Tierra del Fuego.

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