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  • Hicieron fiestas en las islas y dañaron el medioambiente: ahora tendrán que plantar árboles

    » La Capital

    Fecha: 08/05/2024 20:11

    Dos propietarios de paradores ubicados en las islas entrerrianas frente a Rosario acordaron una serie de acciones para evitar la acción penal. Garden Island, uno de los sitios en la isla La Invernada cuyos propietarios hicieron fiestas que terminaron causando daños al medioambiente. Dos propietarios de paradores ubicados en las islas entrerrianas ubicadas frente a Rosario asumieron la responsabilidad por daños causados al medioambiente al organizar fiestas no autorizadas por esa provincia. Evitaron así una sanción penal, aunque tendrán que realizar acciones de reparación del daño. El acuerdo de reparación alcanzado entre los dos hombres y el Estado entrerriano fue homologado por la justicia federal con asiento en Victoria. Como consecuencia de ese acuerdo, uno de ellos deberá abonar 500 mil pesos y el otro 300 mil. Pero no es todo: además de la compensación económica, se comprometieron a contribuir a la preservación del medio ambiente mediante la plantación de árboles ceibos, una especie en peligro de extinción en la zona de humedales. Cada uno de ellos deberá adquirir y plantar 50 y 30 plantines de ceibo como parte de su compromiso con la restauración ecológica. Para fortalecer su comprensión y compromiso con la protección ambiental, ambos imputados también deberán completar un curso especializado en materia ambiental impartido por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos. Este curso servirá para aumentar su conciencia sobre la importancia de la conservación del medio ambiente y proporcionarles herramientas para evitar futuros daños. El juez federal de Victoria, Federico Ángel Martin, homologó hace unos días ambos acuerdos de reparación integral en materia de contaminación ambiental por haber violado una medida cautelar tendiente a proteger de alteraciones en el medio ambiente a la zona donde se encuentra la isla La Invernada, frente a Rosario. La resolución del caso se dictó en línea con el pedido de la auxiliar fiscal de la Fiscalía Federal de Victoria, Rosana Luggren, y conforme a los acuerdos a los que había arribado con la defensa de los imputados. El primero de los dos paradores El primer caso se inició el 7 de agosto de 2022, en el marco de las actuaciones de prevención llevadas a cabo por la Prefectura Naval Argentina en el parador Garden Island, en La Invernada, que es jurisdicción de Victoria, en relación con el posible incumplimiento de la medida cautelar dictada en julio de 2020 por el Juzgado Federal N° 2 de Paraná que dispuso “la prohibición absoluta de acciones humanas con capacidad para alterar el medio ambiente, especialmente la quema de recursos naturales, actividades que impliquen riesgo de incendio aun de carácter accidental; construcción de diques o terraplenes de cualquier naturaleza o realización de actividades que pongan en riesgo el ecosistema”. En esa oportunidad se labraron actas, dado que la fuerza de seguridad constató la realización de trabajos hídricos y la presencia de maquinarias en el lugar. En las diligencias se identificó a un hombre responsable del parador, a quien se notificó de la existencia de la vigencia de la medida cautelar. Sin embargo, el 9 de octubre de 2022 autoridades municipales verificaron la realización de un espectáculo público para el cual no se había emitido el permiso correspondiente. Con esas constataciones, el juez Martín delegó la investigación del caso en el Ministerio Público Fiscal, en los términos del artículo 196 del Código Procesal Penal de la Nación. La defensa del imputado ofreció una reparación integral del daño eventualmente ocasionado como una salida alternativa a la sanción penal y solicitó la extinción de la acción penal y consecuente sobreseimiento de su defendido. Finalmente, el 19 de marzo pasado, la auxiliar fiscal Luggren requirió en virtud de aquella solicitud al Juzgado Federal de Victoria que fije una audiencia de homologación. En su pedido, la representante del MPF destacó que, cuando el daño es irreversible, como en el caso, se pretende la aplicación de medidas de mitigación. Instrumentos para la reparación Indicó además que los instrumentos financieros destinados a apoyar la reparación “pueden utilizarse para restaurar o compensar daños ambientales, para prevenir daños futuros, para prestar asistencia a los grupos y las comunidades, o para emprender actividades de educación y sensibilización”. Por otro lado, se refirió a las medidas alternativas para la resolución de conflictos previstas en las normas procesales vigentes y, al respecto, sostuvo que “es dable destacar el rol que debe asumir este Ministerio Público Fiscal, quien, conforme lo establece la Resolución PGN 92/2023, debe velar por la defensa y aplicación de los métodos alternativos de solución de conflictos, los criterios de oportunidad y las medidas de coerción que resulten compatibles con el sistema establecido en el Código Procesal Penal de la Nación y su par, de parcial aplicación, en materia Federal”. >> Leer más: Por primera vez, una norma regulará la apertura de paradores en las islas de Entre Ríos En tal sentido, consideró que en este caso “resultaría aplicable –en principio- la solución pretendida por la defensa, consistente en la aplicación del instituto de la reparación integral, debiendo hacerse lugar a la propuesta preparatoria esgrimida por la defensa”. El segundo caso La segunda investigación se originó el 11 de febrero de 2023 en el marco de las actuaciones de prevención llevadas a cabo por personal de la Delegación en Islas de la Municipalidad de Victoria y de la Policía de Entre Ríos para constatar la realización de un espectáculo público en el parador Varsovia, también a La Invernada. En las diligencias fue identificado un hombre que revestía el carácter de socio responsable del emprendimiento. En esa oportunidad se hicieron presentes los efectivos, quienes verificaron el incumplimiento de la misma medida cautelar dictada en 2020 para la protección de la zona. >> Leer más: Condenaron a dos apicultores por un incendio intencional en las islas del Delta del Paraná Según consignó el portal del Ministerio Público Fiscal de la Nación, Fiscales.gob, una vez que tomó intervención la Fiscalía Federal de Victoria, y luego de recibirle declaración indagatoria, se le imputó el delito previsto en el artículo 239 del Código Penal, esto es, desobediencia judicial, que reprime con pena de prisión de quince días a un año de prisión a quien "resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal". Según consignó el portal del Ministerio Público Fiscal de la Nación, Fiscales.gob, una vez que tomó intervención la Fiscalía Federal de Victoria, y luego de recibirle declaración indagatoria, se le imputó el delito previsto en el artículo 239 del Códibo Penal, esto es, desobediencia judicial, que reprime con pena de prisión de quince días a un año a quien "resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal". Tras el pedido de la d efensa, el acuerdo se homologó en los mismos términos que el caso anterior.

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