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  • Recusaciones: reiteran temor de parcialidad de juez que cuando fue fiscal intervino en causas contra Urribarri

    Parana » APF

    Fecha: 08/05/2024 12:30

    Recusaciones: reiteran temor de parcialidad de juez que cuando fue fiscal intervino en causas contra Urribarri Paraná, 08 may (APFDigital) El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, integrado por Gervasio Labriola, Alejandro Grippo y Rafael Cotorruelo, dará a conocer en el plazo de ley su resolución respecto de la recusación del vocal de aquel Tribunal, Santiago Brugo, que instó la defensa del ex gobernador, Sergio Urribarri. Brugo fue designado para integrar el Tribunal que deberá resolver la recusación del juez de Garantías de Paraná, Julián Vergara, que también fue recusado por la defensa del ex gobernador por considerar que ya intervino y resolvió sobre medidas cautelares solicitadas en la causa por supuestas negociaciones incompatibles, conocida como Relevamientos Catastrales o Causa Coimas, que está en proceso de remisión a juicio.La defensa, en esta audiencia a cargo de Miguel Cullen, reiteró el fundado temor de parcialidad que tiene Urribarri en función de que Vergara, que tiene en su despacho los legajos de dos causas: la de supuesto Enriquecimiento ilícito y la de presuntas Negociaciones incompatibles con la función pública, Cohecho y Fraude a la Administración Pública, ya evaluó evidencia y otorgó de manera parcial una serie de medidas cautelares que solicitó Fiscalía en el legajo conocido como Causa Coimas; destacando que aquel legajo se basa en evidencia colectada por Brugo en la causa por supuesto Enriquecimiento ilícito y cuya incorporación a aquella fue duramente cuestionada y motivó la recusación de Vergara.Cullen sostuvo que cuando, cuatro meses después de realizadas las medidas cautelares otorgadas parcialmente por Vergara, pudieron acceder a los fundamentos de Fiscalía para solicitar las medidas cautelares sobre el patrimonio de los imputados, advirtieron que Brugo intervino como fiscal en la causa por Enriquecimiento ilícito. En este sentido, destacó que “Vergara va a tratar prueba que se acompaña de la causa por Enriquecimiento ilícito en la que Brugo fue fiscal. No es difícil de entender”.Cullen precisó que Brugo no se excusó, lo que obligó a la defensa a recusarlo. Así, manifestó que “el temor de parcialidad es absolutamente fundado. Brugo reconoce que participó en una investigación contra Urribarri por Enriquecimiento ilícito, es cierto que no intervino en la de Negociaciones incompatibles, pero omite decir que no es haya participado directamente en esta causa, sí generó evidencia que quiere ser incorporada en la de Negociaciones incompatibles”. También sostuvo que Brugo “tiene incidencia directa en la tiene que resolver Vergara”.El defensor expuso que Brugo realizó manifestaciones en un sitio digital en el que “con sorna e ironía” se refirió a la evidencia que produjo y sobre la que ahora tiene que resolver Vergara. En este sentido, expresó que “lo dijo en medios públicos, lo que generó en Urribarri el ánimo que el juez no es imparcial, que es su obligación principal”. El defensor sostuvo que agotará todas las instancias procesales para lograr que su reclamo sea atendido.• FiscalíaA su turno, el fiscal, Ignacio Aramberry, pidió que se rechace la recusación de Brugo, sostuvo que en necesario poner “un manto de racionalidad” ante lo que calificó como “tsunami de recusaciones”. El fiscal respondió al señalamiento de la defensa respecto de las manifestaciones que Brugo, como fiscal, realizó a un sitio digital, sosteniendo que lo que se publicó no sería lo que el entonces fiscal manifestó, tendiendo un manto de sospecha respecto a que se le pudieron atribuir manifestaciones producto “más de elaboración propia” del medio de comunicación. Así, intentó contextualizar aquellas expresiones en que son parte del rol del fiscal de informar a la opinión pública, añadiendo que “habló en potencial, no brindó precisiones sobre qué evidencia hacía referencia y habló siempre de manera genérica”.En otro andarivel argumental, Aramberry pidió que se incorpore al legajo de recusación la resolución de la Procuración General que dispuso el apartamiento de Brugo de las investigaciones de hechos de corrupción en 2015. Así, sostuvo que el entonces fiscal ya no cumplía funciones en aquellas investigaciones cuando, en 2017, se inició el legajo de la causa Coimas.Aramberry recordó que Brugo se excusó de intervenir en la causa en la que Urribarri fue condenado, donde fue designado para resolver el pedido de prisión preventiva de Urribarri, Pedro Báez y Juan Pablo Aguilera, hasta que se resuelva cuándo se procederá al encarcelamiento de aquellos tras el fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, que rechazó el recurso de queja de las defensas y le dio firmeza a la condena que se dictó en la denominada Causa Compleja que investigó cinco hechos de corrupción contra la Administración Pública. Así, entendió que Brugo “trazó su límite objetivo y se inhibió correctamente por haber intervenido como fiscal y da cuenta de su honestidad”, condición que nunca fue mencionada por la defensa, que se limitó a evaluar el complejo contexto de fiscales que ahora son magistrados y su intervención es objetada con una herramienta procesal legal y legítima. (APFDigital)

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