Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • OSEP actualiza su ley de creación y amplía el Fondo de Trasplante

    » El Ancasti

    Fecha: 08/05/2024 11:44

    A través del decreto acuerdo N° 398/24 el Poder Ejecutivo modificó parcialmente la Ley N° 3509 de creación de la Obra Social de los Empleados Públicos ( OSEP ) y la Ley N° 5116 del Fondo Especial para Trasplante. Esto representa, en el primer caso, una actualización de la normativa que fue sancionada en 1979 y que ya se encontraba obsoleta en su aplicación. La modificación va de la mano con la digitalización de la atención ambulatoria a través de la app OSEP Móvil Catamarca que anunció el gobernador Raúl Jalil el pasado 1° de mayo, ante la Asamblea Legislativa, en el inicio de un nuevo periodo de sesiones ordinarias. Todo ello como parte del proceso de modernización que lleva adelante la Obra Social. En cuanto a las principales modificaciones que establece el decreto acuerdo, se detallan las siguientes: Para escuelas secundarias Abrieron las inscripciones para "El Senado en la Escuela" En el Predio Ferial Se lleva adelante la segunda jornada intensiva de inscripción al Boleto Estudiantil Gratuito a) Podrán ser beneficiarios voluntarios aquellos hijos e hijas mayores de 21 años que cursen estudios en establecimientos oficiales o privados hasta los 30 años cumplidos. b) A tono con el Código Civil y Comercial, se agrega la figura de unión convivencial como prueba suficiente para acreditar la convivencia entre el afiliado voluntario y el afiliado titular. Al mismo tiempo, se mantendrán vigentes los requisitos actuales para los casos no inscriptos en el Registro de Uniones Convivenciales. Fondos de la Obra Social: a) Se elimina el ítem conocido como “Aporte Solidario” y se lo incluye en el descuento obligatorio del 4,5% del salario total del afiliado titular, que estará conformado por los haberes remunerativos y no remunerativos menos el salario familiar. b) Se retendrá el 4,5% sobre el total de las prestaciones complementarias a los beneficiarios de la Administración General de Asuntos Previsionales (AGAP), más el 9% que estará a cargo del Poder Ejecutivo. Ampliación de la Ley de Fondo Especial para Trasplante Por otra parte, también se modificó la Ley N° 5116 más conocida como Fondo Especial para Trasplante, que pasará a denominarse “Fondo Especial para Trasplante y Tratamientos Oncológicos”, a través del decreto N° 395/24. Este fondo ya no solo estará destinado a financiar exclusivamente las prestaciones de trasplantes, sino también a la cobertura y provisiones de tratamientos oncológicos, lo que incluye medicamentos de alto costo, quimioterapia, radioterapia y derivaciones. El fondo para trasplantes y tratamientos oncológicos se integrará con el aporte del 0,5% del sueldo total del afiliado titular, excluido el salario familiar. En tanto, para los afiliados voluntarios, particulares y adheridos por convenio el aporte será del 0,5% del salario mínimo, vital y móvil. Es importante resaltar que antes de la modificatoria, dicho grupo de beneficiarios aportaba solamente la suma irrisoria de 4 pesos fijos. Finalmente, el fondo se segmentará en un 50% para la cobertura de todas las prestaciones que un trasplante implica y el otro 50% para cubrir las prestaciones, provisiones y coberturas referidas a tratamientos oncológicos.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por