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  • Discutieron, lo atropelló y escapó, pero no va a prisión

    » La arena

    Fecha: 06/05/2024 04:17

    La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a Cristian Fredes, de 26 años, como autor del delito de "lesiones gravísimas culposas, agravadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria", a 3 años de prisión en suspenso y accesorias. El joven, en 2022, discutió con otro en un bar de Telén, y cuando salieron lo atropelló circulando en contramano y huyó. La magistrada, a pesar de que el autor confesó en las redes que "lo pasé por encima a propósito", se basó en la declaración de testigos para considerar que fue una conducta imprudente pero no dolosa, descartó el pedido de 5 años de prisión solicitada por el fiscal Enzo Rangone. En la madrugada del 9 de julio de 2022, Cristian Fredes y Juan Rodríguez, discutieron en un bar nocturno de Telén. Cuando salieron, el primero, a bordo de un Renault 9, circulando en contramano por la calle Sarmiento, atropelló al otro joven y huyó del lugar. El damnificado, en principios se pudo movilizar, al punto que llegó a su casa caminando. Pero golpes internos derivaron en un caso clínico de tan gravedad que debió ser atendido por un profesional en Santa Rosa, quien explicó que "al trauma que había sufrido se le sumó un síndrome compartimental, que fue lo que provocó como única solución, la amputación del miembro, por estar en peligro su vida". Para el fiscal Enzo Rangone, las pruebas aportadas, "demostraron la autoría de Fredes y su responsabilidad en relación al delito de homicidio simple en grado de tentativa (para lo que solicitó 5 años y 6 meses de prisión efectiva) y subsidiariamente por "lesiones gravísimas dolosas" ( 5 años efectivos). La Fiscalía aportó, entre otras pruebas, la pericia realizada por la Dirección de Análisis de las Telecomunicaciones al teléfono Motorola E5 Plus que le fuera secuestrado a Fredes, y en su declaración, el Jefe de esa unidad, comisario Temístocles Hilario Torreani, reprodujo el chat de WhatsApp donde el acusado expresaba, "...nada, yo peleé con el loco (al que nombra por su apodo) y después salí y lo pasé por encima a propósito", "y entonces agarré y lo pisé...". Por su parte, el informe de la Agencia de Investigaciones Científicas (AIC) determinó que no hubo rastros de frenadas. Y de los testimonios, surgió que tampoco había otros vehículos estacionados, ni obstáculos (autos, montículos, animales). Finalmente, el abogado defensor, Gastón Gómez, solicitó la absolución por aplicación del beneficio de la duda y, también subsidiariamente, que se aplique la figura legal de lesiones culposas y se le impongan una pena en suspenso. Desde éste espacio aportaron varios testimonios, entre ellos la pareja de Fredes que iba de acompañante en el vehículo, quien aseguró que "el damnificado se vino contra el auto, y que Fredes lo quiso esquivar y no pudo". Fallo. El martes pasado la jueza se expidió en una audiencia de lectura de sentencia. Allí dio a conocer que sentenciaba a Fredes "como autor del delito de lesiones gravísimas culposas, agravadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor; a 3 años de prisión en suspenso y 3 de inhabilitación para conducir vehículos automotores". Además le estableció como "reglas de conducta por el término de dos años, fijar domicilio y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar previo aviso a la Unidad de Abordajes, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la Ley; y realizar un curso de manejo, el que deberá estar concluido antes de obtener su rehabilitación". La jueza resolvió las diferencias de caratulación del caso a favor de la defensa. "La calificación que corresponde resultó ser en su forma culposa, dado que no se aportaron pruebas objetivas, fuera de las afirmaciones de los acusadores, que hicieran pensar en una conducta dolosa y sí, por el contrario, en una conducta imprudente, violatoria del deber de cuidado al momento de conducir el vehículo", concluyó en su fallo.

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