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  • El blanqueo de Milei: las claves del paquete fiscal que sube impuestos a la clase media y alivia a los más ricos

    » El Ciudadano

    Fecha: 05/05/2024 09:42

    El proyecto que recibió media sanción en Diputados, ratifica que el camino hacia el equilibrio fiscal va a ser solventado por quienes pagan Ganancias y por monotributistas. El alivio llega para los alcanzados por Bienes Personales o aquellos que quieren blanquear dólares El paquete fiscal que recibió media sanción durante la semana en Diputados busca materializar lo que el gobierno pretende como modelo socio económico. Restitución del Impuesto a las Ganancias, cambios en Monotributo, Blanqueo, Moratoria y modificaciones en Bienes Personales, se traducen en una mayor carga para quienes ya fueron castigados con una fenomenal pérdida de poder adquisitivo y en un alivio para sectores de altos ingresos y con mayor capacidad de evasión. La restitución de Ganancias (ahora denominado Impuesto a los Ingresos Personales) configura una de las contradicciones más grandes para un gobierno libertario que venía a eliminar impuestos, e incluso para el propio presidente Javier Milei (quien votó por su eliminación el año pasado). Aunque también representa una de las prendas vitales del Ejecutivo para negociar el apoyo de gobernadores, atados a la promesa coparticipable. La rebaja tributaria sí aplicará para los sectores de ingresos más elevados. El Blanqueo y las modificaciones en Bienes Personales también son toda una definición de lo que pretende el gobierno nacional para la configuración socio económica. Se podrá blanquear hasta 100 millones de dólares sin pagar una mínima multa, mientras que el mínimo no imponible para Bienes Personales ascenderá de 11 millones de pesos a 100 millones valuados en esa moneda, achicando así la base de contribuyentes. Claro que toda esta hoja de ruta tiene como horizonte el innegociable equilibrio fiscal que pretende la administración nacional. Aunque como viene sucediendo en lo recorrido hasta acá, el esfuerzo no lo harán todos por igual. El proyecto anticipa que el peso del ajuste seguirá recayendo sobre los sectores que ya resignaron calidad de vida, y poco se les va a exigir a los grandes contribuyentes. Punto de partida El Instituto de Estudios y Formación (IEF), de la CTA Autónoma, elaboró un informe detallando punto por punto lo más destacado del paquete fiscal que ya recibió media sanción en Diputados y que deberá pasar por el tamiz del Senado. Parten de la base de que la fuerte reducción del gasto que lleva adelante el gobierno en un contexto recesivo, erosiona significativamente la recaudación y somete a las cuentas fiscales a una lógica de ajuste perpetuo, frente a lo cual el Gobierno busca oxígeno recurriendo a medidas extraordinarias como el blanqueo para compensar la pérdida de recursos. “Este proyecto viene a cerrar un ciclo en el cual, durante la gestión de Cambiemos la liberación del mercado de cambios habilitó niveles de fuga indiscriminada por parte de sectores que tienen una importante capacidad de evasión, maniobras que ahora serán premiadas con instrumentos como el blanqueo para quienes no hayan realizado las declaraciones correspondientes”, señalaron. Premio a los más ricos El blanqueo: El mínimo no imponible alcanza los USD 100.000 (en el blanqueo impulsado en 2016 por el gobierno de Macri para blanquear activos sin tributar no se debía superar la cota de los USD 19.000) y el impuesto se calcula y abona en dólares. Sin embargo, algunos tributaritas plantean que es posible subdividir las tenencias del grupo familiar, para incrementar en los hechos el monto del patrimonio blanqueado. Un nuevo Régimen de Regularización de Activos permite el blanqueo de dinero y bienes en el país y el exterior con tasas del 0% al 15% en una propuesta de 3 etapas que está abierta para la adhesión hasta el 30 de abril de 2025. Se deberá abonar un pago adelantado del 75% del impuesto de regularización sin necesidad de declarar la actividad que originó esos fondos. Moratoria: Se impulsa una moratoria que abarca incumplimientos de obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social. El Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social ofrece por 120 días financiar deuda entre 48 y 84 cuotas según la categoría del contribuyente y de acuerdo a un cronograma de adhesión se condona entre 70% y el 20% de los intereses punitorios y resarcitorios. El acogimiento produce la suspensión de las acciones penales tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social en curso y la interrupción del curso de la prescripción penal. La cancelación total de la deuda producirá la extinción de la acción penal y penal aduanera, en la medida en que no exista sentencia firme a la fecha del acogimiento al régimen. Se incluyen las obligaciones tributarias incumplidas que nacieron en el marco del Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia. Bienes personales: Las modificaciones propuestas para este impuesto son significativas y de carácter regresivo. Se acota considerablemente el universo de personas alcanzadas (gracias a la modificación del mínimo no imponible y la deducción por vivienda familiar) y se reducen significativamente las alícuotas a pagar. En primer lugar, se impulsa un Régimen Especial de Ingreso del Impuesto con duración hasta diciembre de 2027 que consiste en tributar 5 años en forma unificada y adelantada una única tasa del 0,45% (0,5% para los bienes blanqueados). Esta propuesta incluye garantía de estabilidad fiscal en cualquier impuesto sobre el patrimonio hasta el año 2038 que supone que la carga fiscal máxima que podrán soportar los adheridos al Régimen por cualquier tipo de tributo patrimonial será la base imponible calculada según las reglas del Impuesto sobre los Bienes Personales vigentes y la alícuota máxima de 0,45% hasta 2027 y de 0,25% entre 2027 y 2038. La alícuota propuesta para este impuesto es menor a la mínima de la escala actual que va de 0,5% a 2,25%. Por otra parte, la modificación de este impuesto que impulsa el proyecto consiste en ir eliminando -desde 2023- una categoría o tramo de pago de la escala con su respectiva alícuota hasta dejar a todos los contribuyentes alcanzados por el impuesto tributando a una alícuota única de 0,25% sin discriminación de alícuota para los bienes en el exterior. Actualmente se estima que sólo 10.000 personas tributan la alícuota máxima, de 2,25%. Por otra parte, el mínimo no imponible aumenta significativamente, a $100 millones en el ejercicio 2023 (se más que triplica), al tiempo que sube la deducción por vivienda familiar a $350 millones (se más que duplica). Más impuestos para clase media y pobres Restitución de Ganancias: El proyecto retrotrae la eximición de la cuarta categoría votada en octubre de 2023, rebautizado al gravamen “Impuesto a los Ingresos Personales”. La propuesta lleva el mínimo no imponible para un trabajador sin cargas de familia para el año 2024 a $1,8 millones brutos (corresponde a un ingreso de bolsillo de $1,5 millones) y de trabajador con 2 hijos menores de 18 años comenzará a tributar a partir de salarios brutos de $2,3 millones (en neto es algo por debajo de los $2 millones). Se propone además actualizar las escalas de alícuotas aplicable desde un mínimo de 5% hasta un máximo de 35% sobre el monto que exceda el mínimo no imponible. Esto aporta progresividad al sistema. Se propone además que estos montos se ajusten anualmente, a partir de 2025, según la variación anual del IPC. Cabe mencionar que en el actual contexto inflacionario, pensar en actualizaciones recién para el 2025 y dejar en manos de la discrecionalidad del Poder Ejecutivo alguna actualización para el corriente año supondrá el ingreso a la universo tributario de una importante cantidad de trabajadores. Por otra parte, se derogan las exenciones correspondientes a horas extras, bonos por productividad, fallos de caja o similares, y aguinaldo (40% del total en la actualidad) así como las exenciones correspondientes al personal de salud por la realización de guardias u horas extras (100% en la actualidad). También la deducción por gastos en educación es derogada afectando principalmente la compensación por gastos en guarderías que en múltiples convenios se abona a las trabajadoras como parte del ingreso. Asimismo, se limita la exención del impuesto a los trabajadores petroleros (ley 26.176). Solo se mantiene para el “personal de pozo”. En cuanto al piso propuesto, si tomamos de referencia al año 1998, el umbral a partir del cual comenzaba a pagarse el impuesto representaba aproximadamente 1,8 canastas de consumo familiares. A marzo de 2024, la Canasta ascendía a $1.409.128. El proyecto presentado, que establece un umbral de salario neto de $1.494.000 para solteros y de $1.826.000 para casados con hijos, debería incrementarse a $2.536.432 para mantener la relación histórica de 1,8 veces la canasta. Dado que es un impuesto que se coparticipa, su reincorporación es deseada por los gobernadores que están siendo fiscalmente ahogados por el gobierno nacional. Es una carta de negociación para con ellos. Cambios en Monotributo: Las reformas propuestas para este impuesto implican aumentar las categorías en las que pueden inscribirse los locatarios y prestadores de servicios hasta el máximo de la escala en la categoría K (misma que para venta de cosas muebles). Hasta ahora, los prestadores de servicios sólo podían inscribirse hasta la categoría H de la escala. Esto implica que podrá ser monotributista un prestador de servicios que facture $5,6 millones mensuales. Además, se actualizan los valores que operan de cota entre categorías con aumentos que van del 113% al 132%. Los ingresos brutos facturados que operan de límite entre categorías: se triplican para las categorías más bajas y se cuadruplican para las más altas.

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