Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Justicia hizo lugar al Gobierno y las prepagas deberán volver atrás

    » La voz

    Fecha: 04/05/2024 02:02

    El Juzgado Civil y Comercial Federal 3 ordenó en las últimas horas a las prepagas devolver el dinero cobrado de más a los afiliados, luego de que el Gobierno nacional dispuso retrotraer los precios a los valores del 10 de diciembre y ajustarlos por inflación. Al mismo tiempo, la Justicia falló en consonancia con el Gobierno de Javier Milei y dispuso que los aumentos aplicados no podrán superar la inflación registrada. La Justicia le hizo lugar a la cautelar que había impulsado el Ministerio de Salud de la Nación, a través de la Superintendencia de Servicios de Salud y ordenó a las prepagas que limiten los aumentos a la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC). El Juzgado Civil y Comercial Federal Nº3 a cargo del juez Juan Rafael Stinco aceptó el pedido de la Superintendencia y dejó sin efecto los aumentos desde el 1º de diciembre del año pasado. Además les ordenó a las empresas de medicina prepaga retrotraer los valores de cuota a la fecha mencionada y aplicar los aumentos según el índice de inflación. Stinco ordenó que lo pagado en exceso quede como crédito a favor de los usuarios para lo que les fijó a las prepagas un plazo de cinco días para que presenten un plan donde digan cómo le van a devolver lo cobrado de más a la gente. El impacto de la medida alcanza a un universo de 23 empresas que estaban en la cautelar de la Superintendencia, las cuales representan el 95% de los usuarios de entidad de medicina prepaga. El Gobierno detalló cómo se deberán ajustar las cuotas: el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación. Estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por 1 más la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Indec vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023, indicó la Secretaría. De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril, es decir el porcentual de inflación acumulado desde noviembre a febrero. Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6%, es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo. Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146. Las 23 empresas son: ACA Salud, Asociación Hospital Británico de Buenos Aires, Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales, Asociación Mutual Sancor, Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas, Círculo Médico de Lomas de Zamora, Galeno Argentina, Grupo DDM, Hospital Alemán, Medicina Esencial, Medicina Prepaga Hominis, Medifé, Medicus Medicina Prepaga, MET, Mutual Federada 25 de junio Sociedad de Protección Recíproca, Obra Social de Dirección de Sanidad Luis Pasteur, Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación, Omint Prevención Salud SA, Sistema Integrado de Prestadores de Salud SA, Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires y Swiss Medical SA.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por