Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • El TSJ ordena que la abogada Nadia Podsiadlo sea juzgada por supuesta estafa a cliente

    » La voz

    Fecha: 04/05/2024 02:02

    Un nuevo revés judicial cosechó la abogada Nadia Gabriela Podsiadlo (43) en su intento de evitar el juicio que la tiene como acusada de pedirle dinero a la madre de un cliente que estaba preso, con la falsa excusa de que debía hacerle un pago al fiscal. Sus abogados casaron la decisión del vocal de la Cámara 8ª del Crimen de la ciudad de Córdoba que debe juzgarla, Juan Manuel Ugarte, quien le había negado la probation (suspensión del juicio a prueba) por entender que el delito que se le imputa -defraudación con el pretexto de remuneraciones ilegales-, las circunstancias y la persona que lo habría cometido determinan que pueda dictarse una condena de prisión efectiva. Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) rechazó la casación y confirmó que el juicio abierto debe realizarse. Sin embargo, los defensores de Podziadlo -Rodrigo Ernesto López Tais y Luis Antonio Pareja- la semana pasada insistieron con un nuevo intento de frenar el debate oral y público: presentaron un recurso extraordinario para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación trate su solicitud. Todo para evitar el juicio Ahora, puede suceder que el TSJ rechace ese recurso, con lo que el juicio debe hacerse en la Cámara 8ª, aunque los defensores vayan “en queja” ante la Corte. Sólo se suspenderá el debate si el recurso extraordinario es concedido por el Alto Cuerpo, con lo cual se estará a la espera del máximo tribunal de la Nación. Tribunales. La abogada Podsiadlo fue detenida, por orden del fiscal Villegas, en el momento en el que cobraba el dinero. (La Voz/Archivo) En las próximas semanas, el TSJ resolverá esta cuestión. Si rechaza el recurso extraordinario, en unos meses deberá hacerse el juicio. Por lo que viene sucediendo, Podsiadlo y sus abogados han planteado durante el proceso todos los recursos posibles para evitar el juicio. Recurrieron la elevación a juicio del fiscal, pero una jueza de Control rechazó el planteo. Luego, fueron a la Cámara de Acusación de Córdoba y tres vocales, por unanimidad, volvieron a confirmar el juicio. Ahora, para insistir con la probation casaron la decisión de la cámara que debe juzgarla y el TSJ les dijo “no”. Lo último es llegar a la Corte. El hecho Podsiadlo, según la acusación, le mintió a una clienta que, para que su hijo saliera de prisión, debía pagarle al entonces fiscal Alfredo Villegas (hoy camarista). El instructor, sabiendo lo que estaba sucediendo, la detuvo en la barandilla y la mandó a debate oral y público, que debe realizarse en la Cámara 8ª del Crimen. “Hola Sra. (A) Su hijo le van a dar la libertad pero con fianza”. “Una fianza de 30 mil pesos”. “Que la podemos bajar a 20 mil”. “Si no hay fianza queda detenido”. “El que impone esa fianza es el fiscal y no un abogado, primero y principal... antes de decirme ‘usted me dijo una cosa y ahora me sale con otra’, quien le sale con otra es el fiscal. Así que en todo caso va y se queja con el fiscal porque yo no pongo fianzas. La fianza tiene un costo de treinta, está?”. Usando el nombre de Villegas, la abogada habría escrito estos mensajes que se hallaron en el teléfono celular cuando se comunicaba con la mamá de su cliente, al que ya le habían ordenado la libertad. Sólo había que firmar una fianza personal -sin dinero-, pero eso se lo habría ocultado a la madre del imputado. De acuerdo al expediente que luego fue avalado por la jueza de Control Celeste Ferreyra y más tarde por la Cámara de Acusación, las mentiras habrían continuado de la siguiente forma: “Si usted me dice que no lo tiene, bueno yo manifiesto esta situación que no tiene y el chico quedará preso. Qué quiere que le haga. Es así. Eeeeh a mi tampoco me gustan los precios del súper, y bueno, los tengo que pagar, me gusten o no. Y seguramente Macri me había prometido otra cosa, pero bueno, yo no impongo la fianza. El que pone la fianza es el fiscal. Esto no tiene nada que ver con los 10 mil pesos de mis honorarios...”. En barandilla. La detención de la letrada Podsiadlo se produjo en el ingreso a la fiscalía a cargo de Alfredo Villegas. (La Voz / Archivo) Enterado del accionar de Podsiadlo, Villegas le preparó un delito experimental. Tras cobrar 9 mil pesos de la mamá del cliente, fue detenida en la barandilla de la fiscalía. Argumentos del último rechazo La última decisión del TSJ fue firmada por unanimidad por la Sala Penal, integrada por Sebastián López Peña, Aída Tarditti (autora del primer voto) y María Marta Cáceres de Bollati. La Resolución 83 señala que Ugarte “realizó un exhaustivo análisis de las circunstancias concretas del caso que le permitieron concluir que no sería procedente la condena condicional, pues la misma se presenta como inconveniente”. Señala el TSJ que el camarista tuvo en cuenta “que la imputada reviste la calidad de abogada y habría cometido el hecho en ejercicio de su profesión. Concretamente, título, calidad y conocimientos especiales que habría utilizado para pergeñar un ardid a fin de obtener un beneficio económico”. También, confirmando a Ugarte, sostienen que “Podsiadlo tiene plena capacidad para reconocer la antijuridicidad de su conducta conforme a derecho, siendo que los motivos que la habrían conducido a delinquir no reflejarían ignorancia ni estado de necesidad, reflejándose un aprovechamiento profesional a fin de cometer el delito”. Además del perjuicio ocasionado al cliente, ponderan lo decidido por el tribunal inferior porque, además, también “terminaría perjudicando el honor y la honra de todo el sistema judicial, el que se ve menoscabado y puesto en peligro en su base de credibilidad, por cuanto se utilizó el nombre y decoro de un funcionario judicial (Villegas)”. Para más, indican que la conducta de la abogada se realizó en Tribunales 2. Tarditti sostiene que “el cúmulo de estas circunstancias objetivas y subjetivas consideradas por el tribunal son las que le permitieron sostener que en caso de recaer condena la pena a aplicar sería de cumplimiento efectivo”. Y luego aclara: “Insisto, más allá que la misma pueda ser inferior a los tres años” (de prisión). La resolución concluye rechazando la pretensión de Podsiadlo, con costas.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por