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    » Catamarca Ya

    Fecha: 02/05/2024 16:56

    El cálculo, señala el comunicado del ministerio de Economía señala que "no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).

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