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  • La Corte Suprema podría llegar a resolver un fallo sobre jubilaciones

    Parana » APF

    Fecha: 30/04/2024 14:30

    La Corte Suprema podría llegar a resolver un fallo sobre jubilaciones Paraná, 30 abr (APFDigital) (Por Cristina Rodríguez para APF Digital)Mientras se van y vienen analizando en el Congreso un listado de proyectos sobre fórmulas de movilidad que va provocando la extinción casi definitiva de los jubilados y pensionados del país, los integrantes de la Corte Suprema “advirtieron” que una sentencia de la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social (causa Hartmann Gabriel c/ ANSeS s/ reajustes varios) había resuelto que las jubilaciones no pueden ser inferiores al 70% del promedio de los sueldos actualizados, tomando los últimos 10 años en la persona que se jubila.En tal sentido si la Corte determina al respecto sentaría doctrina para reclamos idénticos en miles de beneficiarios, dado que las jubilaciones otorgadas y las que se están aprobando, lejos están de llegar a ese porcentaje.“Justicia lenta; “hazte la fama y échate a dormir…” o dicen “la Corte Suprema no tiene tiempos para expedirse”. Se trata de un fallo con fecha de mediados de 2018, que fue apelado por la ANSeS, e ingresó a la Corte en febrero de 2019.La sentencia de la Sala II dice así: “Si al momento de practicarse la liquidación de los parámetros establecidos para el cálculo del haber inicial, no obtuvieran como resultado final un haber proporcional y sustitutivo del salario de actividad y daría un monto inferior al 70% del promedio tomando las últimas ciento veinte remuneraciones actualizadas, el organismo demandado deberá reconocer al actor la diferencia correspondiente hasta alcanzar este porcentaje mínimo”, concluyeLa injustificada lentitud para resolver sobre movilidad jubilatoria por parte de la Corte Suprema no encuentra calificativo alguno, solamente denota insensibilidad humana y gravedad desde lo jurídico.La burbuja de “Su Señoría” expiró hace décadas y sus miembros tienen que cumplir lo que especifica un párrafo en el Pacto San José de Costa Rica, que obliga a los Estados que lo suscribieron -entre ellos la República Argentina- a dictar las sentencias en un plazo razonable.“Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley…, para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”Los jubilados perdieron USD 26.000 millones en los últimos 6 años por el efecto de la inflación en sus haberes, especialmente en los primeros meses del 2024Carecen de representación sindical para que puedan escucharse los reclamos (que nadie responde) debido a una total ausencia del Estado en lo legislativo, judicial y ejecutivo.El presente y futuro del sector hoy se encuentra a la deriva (APF Digital)

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