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  • La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la utilización del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA)

    Diamante » Diamantefm

    Fecha: 30/04/2024 12:38

    A partir de la semana pasada se publicó una Resolución de la AFIP donde se informa que se suprime el cumplimiento del formulario CETA que se realizaba on-line en los Registros de la Propiedad del Automotor de todo el país. El trámite fue derogado el jueves 25 de abril mediante la Resolución General 5505/2024 publicada en el Boletín Oficial. En DiamanteFM nos comunicamos con el encargado titular del Registro de la Propiedad del Automotor de nuestra ciudad, Gualberto Domé, “el formulario CETA exigido para las operaciones de transferencia de vehículos automotores y motovehículos usados era uno de los trámites que debía presentarse al momento de realizar la transferencia de autos y motos usados radicados en el país, de los titulares de dominio”, explicó. “El objetivo es modernizar el organismo, utilizar herramientas digitales, simplificar procesos, trámites administrativos y optimizar la prestación de servicios a los contribuyentes eliminando pasos innecesarios”. “Cabe mencionar que debían declararse en la AFIP con este certificado aquellos vendedores cuyos vehículos superaban los $10.919.766”. “De acuerdo con el comunicado emitido por la AFIP, la decisión de eliminar el CETA de los requisitos de transferencia se tomó para “agilizar la operatoria de transferencia e inscripción de dichos bienes”. En este sentido, se aclaró que el organismo cuenta con la información suficiente para asegurar la correcta declaración de los contribuyentes”, detalló. “Además, con esta resolución señalaron que se encaminan hacia el objetivo del Estado Nacional de constituir una administración pública ágil y transparente, que se enfoque en facilitar el desarrollo de las actividades del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de los servicios”. “La transferencia tiene un costo del 5% del valor del vehículo. El 70% es para pagar impuestos municipales, provinciales, sellos y patentes. El 20% es dirigido al sistema del Ministerio de Justicia de la Nación”. Multas “Toda infracción que se detecta es subida al sistema con el número de dominio, multas que aparecen al momento de realizar la transferencia y que pueden ser abonadas o recurrir a una negativa de pago, que es un derecho que se puede tramitar”, informó Domé. “La Ley de Tránsito nacional establece que se debe informar y notificar a las personas respecto a las infracciones del vehículo del cual se es titular. Aquí se detecta un problema que viene hace años, a veces quien comete la infracción no es el titular del dominio. Entiendo que se debería seguir a la persona que conduce, y no al dominio y su propietario”, mencionó. Domé aclaró: “El fin de las multas no es recaudar sino cuidar la seguridad de las personas que transitan”. “Las transferencias son un trámite ágil y rápido que demora sólo 24 horas”, indicó el encargado del Registro. (DiamanteFM)

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