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  • Nada ni nadie por encima de la Constitución

    » Clarin

    Fecha: 29/04/2024 18:14

    Se cumplen ciento setenta y un años desde la sanción de la Constitución Nacional, es decir, desde que, el 1° de Mayo de 1853, la Argentina se organizó jurídica y políticamente al amparo de una Ley Fundamental a cuyos preceptos los gobernantes deben ajustar su conducta. La Constitución Nacional comenzó a gestarse casi un año antes; concretamente el 31 de mayo de 1852, en San Nicolás de los Arroyos (provincia de Buenos Aires), cuando después de la batalla de Caseros se produjo la caída de Juan Manuel de Rosas. A instancias de Justo José de Urquiza - vencedor en dicha batalla-, los gobernadores de las entonces catorce provincias argentinas, en el célebre Acuerdo de San Nicolás, decidieron que había llegado la hora de organizar al país a través de una ley suprema que lo convirtiera en un Estado de Derecho. En esa memorable jornada se resolvió que la sede del futuro Congreso General Constituyente fuera la ciudad de Santa Fe, a la que cada provincia enviaría a dos representantes con el objetivo de iniciar la gran obra institucional. Sin embargo Buenos Aires -que no objetaba la necesidad de sancionar una Constitución, pero que no estuvo de acuerdo con algunos de los asuntos acordados en San Nicolás-, no envió representantes al Congreso Constituyente, y así, la principal provincia argentina se separó de las otras trece, las que continuaron adelante con el proyecto constitucional. El Congreso constituyente inició sus sesiones el 20 de noviembre de 1852. Al principio funcionó como un órgano legislativo común y ordinario, acompañando a Urquiza, que había sido designado seis meses antes director provisorio de la Confederación, y que transitoriamente se desempeñaba como una suerte de Poder Ejecutivo Nacional; pero una de las primeras medidas que adoptó ese Congreso, al iniciar sus sesiones, fue la creación de una comisión redactora del proyecto de Constitución, cuya sanción constituía su principal objetivo, y que estuvo presidida por el joven y olvidado santiagueño, José Benjamín Gorostiaga, quien fuera luego el principal redactor de la Carta Magna. Cinco meses después el proyecto de Constitución estaba armado, y fue presentado al pleno del Congreso el 18 de abril de 1853. Dos días más tarde se iniciaron los debates, los cuales se desarrollaron durante once días. Primero se discutió sobre la conveniencia, o no, de llevar a cabo la tarea de organizar al país, por cuanto veinticinco años de predominio rosista habían anestesiado las iniciativas institucionales. Al iniciarse la discusión en general, sorprendentemente se hicieron oír las voces de algunos convencionales constituyentes que cuestionaban la oportunidad para sancionar una Constitución, argumentando que en la Argentina no había hábitos de cumplimiento de la ley, y que era necesario esperar que el país se pacificara antes de avanzar en la organización política. Por suerte la mayoría pensaba diferente. El proyecto terminó aprobándose, y la Constitución Nacional se sancionó el 1° de Mayo de 1853. Seis años después, con la firma del Pacto de San José de Flores, Buenos Aires aceptó volver a unirse a las demás provincias, con la condición que le permitieran revisar la Constitución que estas habían sancionado siete años antes, a fin de evaluar la posibilidad de proponer reformas. Ello fue lo que ocurrió en 1860, año en el que quedó cerrado el ciclo constituyente originario que organizó al país en el marco de una Ley Fundamental. Con la sanción de nuestra Constitución Nacional, la Argentina se constituyó en un Estado de Derecho, que es aquel en el cual los gobernantes conducen los destinos del país con los límites que impone una ley suprema. El Congreso constituyente siguió funcionando hasta el 7 de marzo de 1854, dos días después de que Justo José de Urquiza asumiera la presidencia de la Nación. Fue allí cuando el histórico Congreso Constituyente clausuró sus sesiones, y redactó el “manifiesto” dirigido a los pueblos de la Confederación, en cuyo último párrafo, después de reclamar “obediencia absoluta” a la Constitución que habían sancionado, declaró: “Los hombres se dignifican postrándose ante la ley, porque así se libran de arrodillarse ante los tiranos”. Cabe preguntarse si en la Argentina de hoy existe la suficiente educación y conciencia cívica como para asignarle, a esta memorable fecha histórica, la importancia que realmente tiene. Las pasiones, los personalismos y el fanatismo han llevado al país, y a su gente, a idolatrar a personas, cuando tal como lo pidieron los constituyentes en 1853, la única genuflexión justificable es la que se ensaya frente a la ley, y en particular, frente a la que dispone los límites al ejercicio del poder, como lo es nuestra Carta Magna. Un pueblo cívicamente culto no pondera liderazgos personales, aplaude poco, objeta mucho, cuestiona, analiza, desconfía, se fastidia frente a los gobernantes a los que el “traje constitucional” les resulta molesto, y frente a quienes, invocando la legitimidad democrática de origen que confiere el voto popular, creen estar por encima de quien es verdaderamente suprema: la Constitución Nacional. En definitiva, un pueblo cívicamente culto, desprecia a quienes se “autoperciben” más importantes que la Ley Suprema, y en cambio siente orgullo al arrodillarse frente a sus postulados y supremacía.

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