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  • Las aseguradoras ya no ofrecerán servicio de grúa y auxilio mecánico

    » LV12

    Fecha: 28/04/2024 01:44

    Este cambio implica que los gastos relacionados con traslado y estadía serán cubiertos exclusivamente en casos de siniestro por daño, incendio, robo o hurto. Las pólizas de seguro sólo deben cubrir costos relacionados con accidentes, incendios, robos o hurtos. La Resolución SSN 217.2024, que ajusta el Reglamento de la Actividad Aseguradora, otorga un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio. Posteriormente, el nuevo enfoque se aplicará a cada usuario al concluir el período actual de su contrato de seguro, es decir, al momento de renovar las pólizas. Este ajuste responde a una solicitud prolongada por parte de las compañías aseguradoras, que consideran que los servicios de remolque y auxiliar mecánico no están alineados con el propósito fundamental de las pólizas de seguro. El texto oficial especifica que las coberturas relacionadas con traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, originadas por desperfectos mecánicos, problemas de batería, arranque, eléctricos, pinchaduras, entre otros, ya no serán vigentes. Solo se mantendrán en casos de siniestros específicos. La asistencia en caso de una falla mecánica ya no estará incluida en las pólizas de seguro. La eliminación de estos servicios plantea interrogantes sobre si las compañías reducirán los costos para los usuarios, dado que ofrecerán menos prestaciones. Además, abre la puerta a la posibilidad de que las aseguradoras ofrezcan nuevos productos, como servicios mecánicos o de remolque, con pagos adicionales, tanto de manera directa como a través de terceros.

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