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  • Otro guiño de la Justicia para Milei: la Corte Suprema rechazó un pedido de per saltum contra el DNU

    » Facundoquirogafm

    Fecha: 24/04/2024 10:37

    La Corte Suprema de Justicia rechazó de manera unánime el pedido de per saltum presentado por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez contra el DNU 70/23 del presidente Javier Milei. Esta decisión del tribunal, anunciada este martes, refleja la posición de que "no había caso o controversia" que justifique la aceleración del debate legislativo sobre el mencionado decreto. El pedido de Gil Domínguez buscaba presionar a la Cámara de Diputados y al Senado para que sometieran el DNU a un tratamiento legislativo expedito, conforme a lo establecido en la ley 26.122. Sin embargo, la Corte Suprema señaló que la solicitud carecía de fundamentos suficientes que justificaran su intervención fuera de un caso o controversia concreta. En su resolución, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti indicaron que el pedido de per saltum presentado por Gil Domínguez "resulta insuficiente" para justificar la intervención del tribunal, ya que no se explicaba cómo la situación afectaría de manera concreta y particular al apelante. Además, la Corte destacó que la supuesta "gravedad institucional" invocada por Gil Domínguez no excedía el interés de las partes y no atañía al de la comunidad en general. Esta decisión del máximo tribunal se produce luego de que el juez de primera instancia rechazara previamente el planteo de Gil Domínguez por falta de "controversia". A pesar de invocar un recurso extraordinario, el abogado no logró persuadir a la Corte Suprema de la necesidad de intervenir en el proceso legislativo del DNU 70/23. Cabe recordar que esta no es la primera vez que la Corte Suprema se pronuncia sobre el mencionado decreto presidencial. Anteriormente, el tribunal había rechazado acciones legales similares impulsadas por el gobierno de La Rioja y por la agrupación de abogados Gente de Derecho. Mientras tanto, el DNU 70/2023 continúa vigente, ya que, aunque fue rechazado en el Senado el 14 de marzo, aún no ha sido tratado en la Cámara de Diputados. Hasta que no sea rechazado en ambas cámaras, sus efectos permanecerán en vigor, a excepción de aquellos que hayan sido suspendidos o invalidados por decisiones judiciales específicas.

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