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  • ¿Qué cubre ANSES en caso de fallecimiento?

    » Clarin

    Fecha: 18/04/2024 15:07

    La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dispone de una serie de coberturas en caso de fallecimiento de una persona: desde la pensión mensual que perciben los familiares y también un subsidio para afrontar los gastos que sobrevienen por el sepelio. La pensión por fallecimiento es un beneficio que se recibe tanto por la muerte de un jubilado pero también en el caso del deceso de un trabajador en relación de dependencia. Todos los trámites se pueden realizar tanto en forma presencial como online a través del portal Mi ANSES del organismo previsional. Cómo pedir la pensión por fallecimiento en ANSES Entrar al portal Mi ANSES con el CUIL y clave de la Seguridad Social. Constatar que los vínculos familiares estén correctos. Existe la alternativa de “solicitar modificación de datos personales y/o grupo familiar” en caso de errores. Hacer clic en “Solicitar pensión por fallecimiento” para dar comienzo al proceso de inscripción. Hay una serie de requisitos que se deben cumplir para cobrar la pensión por fallecimiento. En principio, los hijos del difunto deberán tener menos de 18 años, ser solteros y no cobrar otra prestación. De todos modos, no hay límite de edad en caso de que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido. Los trámites se pueden hacer online con la Clave de Seguridad Social. Otros requisitos: Tienen que haber pasado un mínimo de 10 días hábiles desde el fallecimiento de la persona jubilada y un máximo de 4 meses. La jubilación del difunto debía pertenecer al régimen general y no a uno especial, como por ejemplo Docentes Universitarios, Luz y Fuerza o Investigadores Científicos. La pensión tampoco puede ser derivada de una jubilación adquirida con regularización de aportes a través de una moratoria. Pensión de la ANSES por fallecimiento de un trabajador Ante el deceso de un trabajador activo, tanto en relación de dependencia o independiente como autónomo o monotributista, sus familiares pueden iniciar el trámite para cobrar una pensión. Para que los eventuales beneficiarios puedan acceder a la mensualidad, el difunto debió haber cumplido con una serie de requisitos. Tener 30 años de aportes para el régimen común. Haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento. Haber aportado 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento. Haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial. En caso de no cumplir con este requisito, el solicitante puede completar los años de aporte con alguna de las Moratorias Previsionales. Al igual que las pensiones por fallecimiento de jubilados, también se puede hacer el trámite por Internet o en forma presencial. En el primer caso, el solicitante debe ingresar a Atención Virtual y completar tus datos. El subsidio de contención familiar de la ANSES El Subsidio de Contención Familiar es una asignación de pago único, que en abril de 2024 estaba cifrado en 15 mil pesos. Lo pueden solicitar las personas que acrediten con la factura de la casa funeraria que han pagado el sepelio, cremación o inhumación del jubilado o pensionado que ha fallecido. También pueden pedirlo el viudo o la viuda de la persona fallecida, sus convivientes o hijos. Además, quienes inicien el trámite de pensión por fallecimiento – el cónyuge o un hijo discapacitado o menor de edad - pueden solicitar al mismo tiempo el Subsidio de Contención Familiar. También es posible hacer el trámite en forma presencial en las oficinas de la ANSES. Para realizar el trámite se necesita el DNI de quien pedirá el subsidio, la partida de defunción de la persona fallecida, la constancia de la CBU Bancaria que le pedirán para realizar una transferencia si se hace el trámite en forma virtual y la factura de los gastos. El trámite se puede realizar online en el portal Mi ANSES. Se debe contar con la documentación necesaria según cada caso. Esto sería el CUIL, la clave de la Seguridad Social y todos los papeles como el acta de defunción y la factura de la funeraria.

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