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  • Urribarri recusó al juez Brugo, que dio nombre a la «causa de la vaca»

    Concordia » 7paginas

    Fecha: 17/04/2024 14:01

    Como en el Juego de la Oca, todo vuelve al primer casillero: esa es la lógica que ahora impera en la tramitación de una de las causas por corrupción de mayor envergadura que involucra al exgobernador Sergio Urribarri, imputado en un supuesto cobro de coimas, que habría pagado el empresario Diego Armando Cardona Herreros, dueño de la firma Relevamientos Catastrales SA. Esa investigación penal está en un momento clave: la audiencia de remisión a juicio oral, con pedido de condena a 10 años de cárcel para el exgobernador, que ya fue condenado en el megajuicio en 2022 a 8 años de prisión. Pero ese trámite, resolver el pedido del Ministerio Público Fiscal de remisión a juicio, se vio trabada: la defensa de Urribarri recusó al juez de Garantías Julián Vergara, con el argumento de falta de imparcialidad ya que habría adelantado opinión sobre los investigados en otra causa que tiene los mismos protagonistas: el expediente judicial de supuesto enriquecimiento ilícito, en la que el extitular del Poder Ejecutivo tiene pedido de condena a 6 años y 6 meses de cárcel. El juez Vergara rechazó su recusación, pero el entredicho debe resolverlo un tribunal de alzada. El caso llegó entonces al vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones Santiago Nicolás Brugo. Para este miércoles, a las 9, estaba previsto una audiencia que finalmente se suspendió y la razón fue una nueva recusación, esta vez al juez Brugo. El argumento es que siendo fiscal el ahora magistrado intervino en otra causa que involucró a Urribarri, la «causa de la vaca», que formó parte de las tres grandes investigaciones penales que conformaron el megajuicio, en la que el exgobernador fue condenado por el Tribunal de Juicios y Apelaciones, sentencia confirmada por la Cámara de Casación Penal, y que ahora está en queja en la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Técnicamente, la recusación no se ha formalizado. Lo que ocurrió fue la suspensión de la audiencia de este miércoles por decisión de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) ante el anuncio del defensor de Urribarri, Miguel Cullen, de recusar a Brugo. “La causa de la vaca” tiene que ver con una de las tantas irregularidades que advirtieron los fiscales conforme avanzaban con la investigación: que la justificación de las publicidades en cartelería de vía pública para autorizar el pago durante el gobierno de Urribarri, se hacía utilizando una misma foto. El modo de comprobar si la misma vaca estaba en diferentes fotografías –como prueba del trabajo contratado– fue mediante pericias. La tarea fue puesta en manos de los peritos Carlos Orzuza y Juan Federico Rossi, de la Oficina Pericial del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que concluyeron su trabajo con un dato contundente: efectivamente, la misma vaca en distintos carteles. Pero más: se utilizaron fotografías truchas –retocadas, con algo de photoshop– con lo cual el engaño quedó en evidencia. La escena ocurrió en una sala del Poder Judicial la mañana del 18 de noviembre de 2016, durante una audiencia que presidió el exjuez Humberto Oscar Franchi: ayudado por una pantalla de video, el entonces fiscal Santiago Brugo -por aquel tiempo a cargo de la investigación penal preparatoria que investigaba el desvío de publicidad oficial durante el gobierno de Sergio Urribarri en beneficio de su cuñado, Juan Pablo Aguilera- empezó a proyectar imágenes. Lo que más llamó la atención fue la foto de una vaca adelante de un cartel con propaganda del Estado. La vaca, la misma vaca, se repetía en muchos otros carteles. Las fotos eran, en teoría, la certificación de que el servicio de publicidad se había prestado, de que el cartel publicitario se había plantado al costado de una ruta, al ingreso de alguna ciudad. Entonces, esa foto se incorporaba al legajo de pago, y se extendía el cheque al proveedor, en este caso, la empresa del cuñado de Urribarri. Todo era así, y el encargado de certificar que los trabajos se habían hecho según lo pautado era Gustavo Tamay, funcionario del Ministerio de Cultura y Comunicación que comandaba Pedro Ángel Báez. Pero en el ínterin ocurría una avivada: los chequeos eran ficticios, según la tesis del Ministerio Público Fiscal, pero los pagos, reales. La hipótesis que aquella mañana de noviembre de 2016 expuso el entonces fiscal Brugo es que no lo hicieron, que simularon haber ido y constatado, y que así y todo firmaron los pagos de las órdenes de publicidad. “Las fotos son repetidas”, afirmó el fiscal Brugo en aquella audiencia ante el juez Franchi, y como prueba, dijo, hay “una vaca” que se repite en todas las fotos. “Siempre está la misma vaca. Hay una vaca en el medio del cartel, y graciosamente se le pagó a la empresa de publicidad con esta acreditación por diferentes meses –explicó–. Entendemos que esa vaca no puede haber estado siempre en el mismo lugar y en la misma posición. Fenotípicamente estamos convencidos de que se trata del mismo animal, pero genotípicamente no lo sabemos porque no podemos hacerle una prueba de ADN”. Brugo no siguió al frente de la investigación penal en torno a la gestión Urribarri. Luego, concurso en el Consejo de la Magistratura y accedió a un cargo de juez: hoy es vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones. En ese rol debía analizar la recusación del juez de Garantías Julián Vergara. Pero no pudo ser: fue recusado también. Como informó Entre Ríos Ahora, la recusación se apoya en un dato que la defensa de Urribarri da por cierto: que el juez adelantó opinión sobre la relación que existiría entre el exgobernador y Cardona Herreros a partir de su intervención en otra investigación penal, la que busca determinar enriquecimiento ilícito del extitular del Poder Ejecutivo entrerriano. Ese reproche se suma a las recusaciones que ya se plantearon ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que debe expedirse sobre un recurso de queja de Urribarri en el marco de la causa megajuicio, en la que fue condenado a 8 años de cárcel, y que impulsa la nueva defensa del exgobernador, Leopoldo Cappa y Fernando Burlando. Ahora, el planteo recusatorio lo firmó el defensor Miguel Cullen y se apoya en lo que establece el artículo 38º del Código Procesal Penal: “El Juez deberá excusarse o podrá ser recusado de conocer en la causa, cuando mediaren circunstancias que, por su objetiva gravedad, afectaren su imparcialidad… y por objetivas razones por las cuales abrigamos temor objetivo de falta de imparcialidad”. En concreto, se le reprocha haber dictado medidas cautelares de embargo e inhibición de bienes en noviembre de 2023 contra Urribarri y Cardona Herreros en la causa por supuesto enriquecimiento ilícito del exgobernador. Los defensores de Urribarri y de Cardona Herreros batallaron en Tribunales por conocer los fundamentos de esas medidas y también por acceder a la resolución del juez que las dictó. En realidad, Vergara accedió parcialmente a la petición de los fiscales Gonzalo Badano y Patricia Yedro, por lo cual el Ministerio Público Fiscal apeló su resolución. Intervino el juez de juicio Gervasio Labriola, que anuló lo resuelto por Vergara, el magistrado se excusó y empezó a intervenir el juez de Garantías Elvio Osir Garzón, que fue quien finalmente habilitó los embargos. Enterados de los fundamentos de lo que resolvió el juez Vergara en la causa por enriquecimiento, la defensa del exgobernador recusó al magistrado de intervenir en la investigación por el supuesto pago de coimas. En el escrito dicen haber comprobado “que al momento de analizar la verosimilitud en el derecho, inexorablemente adelantó opinión sobre las vinculaciones entre Diego Cardona Herreros y mi ahijado procesal, lo que provoca un verdadero temor de parcialidad, colocándolo a su vez a V.S. en la obligación de dar por cierto las alocuciones del Ministerio Público Fiscal en este proceso, en lo que a la vinculación de los co-imputados se refiere, pues ya se expidió en el legajo Nro. 10059 bis dando por cierta la misma”. La defensa se apoya en aseveraciones de Fiscalía que luego el juez habría hecho propias y que se relacionan con dos causas penales: por enriquecimiento y por pago de coimas, en ambas coimputados el exgobernador y Cardona Herreros. “En definitiva, la relación entre Sergio Daniel Urribarri y Diego Cardona Herreros, era a tal punto personal y de conjunción de intereses que el empresario, incluso, le financiaba los sobornos al Gobernador”, sostiene la acusación en la causa coimas. Mientras, en la causa por enriquecimiento la imputación sostiene que Cardona Herreros sería el “testaferro” de Urribarri. El “temor de parcialidad explícito” del juez Vergara que vislumbra la defensa de Urribarri se apoya en el hecho de que el magistrado, “al momento de dar curso a las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público Fiscal, en el legajo de enriquecimiento ilícito, que se basa en las mismas evidencias que el presente (causa por coimas, NdelR); adelantó opinión y corroboró (aún con la provisionalidad que tienen las medidas cautelares) que existía una relación entre mi pupilo y el Sr. Cardona Herreros”. Entre Ríos Ahora

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